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LOLES1
LOLES1
12/12/2025 15:04

Consulta legalidad actuacion Presidente/Administrador.

¿Cómo puedo asegurarme de que se incluya toda la información necesaria en la próxima Junta de Propietarios?

185 lecturas | 7 respuestas

En enro de este año 2025, entro una Administradora nueva en mi comunidad. Yo, no pude asistir a la Junta de su presentacion, pues la citacion me entró por SPAM, y no la ví hasta pasada una semana que recibi el Acta de la Junta que tuvo lugar.

Me tragué a la Administradora, pues no pude conseguir que se repitiera la Junta y solo ptuve la propaganda de la promocion de su empresa, no sé que condiciones se habran firmado en su contrato.

Durante todo el año no he tenido contacto con esta Sra, pues cuando le escribia, despues de 3 meses de habernos comunicado, internet me “rebotaba” los mensajes…..Pude hablar telefonicamente con ella y, me dijo que cambiara de servidor y de correo electronico, pues ella trabajaba con Microsoft el cual era incomplatible con Yahoo, que es el que Yo uso.

Yo, no he cambiado de Yahoo, sigo igual que estaba; y ahora, el pasado 7/XII, recibo un mail de esta Sra, con los mismos datos de su direccion de email, con la que nos comunicabamos, y en el mensaje me manda un presupuesto de una empresa porque la Comunidad quiere hacer obras de rehabilitacion.

Este martes dia 9/XII, me manda un mail con un adjunto donde va una citacion de Junta Extraordinaria, para realizarse hoy dia 12/XII, a las 13’30h la Junta, cuando siempre la hemos realizado por la tarde, ahora la cambia a las mañanas sin consultar si ello nos parece bien; y, además adjunta el presupuesto de otra empresa sobre las obras del edificio.

Yo, le he contestado a ella, a la Presidenta y al Vicepresidente, junto con el resto de Propietarios, que no se puede citar con 3 dias de antelacion, que al menos se debe hacer con 8 dias; y que los presupuestos que han presentado, no he tenido suficiente tiempo para leerlos, pero lo poco que he podido ver, he detectado irregularidades en capitulos que nos han presusuestado y, que no necesitamos, por ejem; Hidrolimpieza de la Fachada principal, cuando nuestro edificio su fachada no es de piedra o ladrillo, hay que pintarla, no se puede hacer hidrolimpieza, 

La respuestas de la Presidenta ha sido que la cita ha sido enviada correctamente conforme a lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal, y, que los presupuestos son correctos pues estan debidamente detallados

Le he mandado un SMS tanto a la Presidenta como al Vicepresidente, sobre las 14h de hoy pensando que estarian en plena Junta, diciendoles que no puedo ir, y que voto NO, a los presupuestos (para que les quedara otra constacia más,  escrita de mi voto y parecer)

La Presidenta me ha respondido que se ha desconvocado la Junta, ignoro `el porqué, y que se ha pasado a este lunes dia 15/XII a las 18’30h.

¿Puedo pedir que se incluya en la convocatoria además de poner los presupuestos y pedir su aprobacion y formas de aceptar formas de pago, pongan si hay vecinos morosos?. ¿Puedo preguntar que informen sobre los gastos del año? ¿puedo preguntar cuanto dinero hay en el banco? ¿Puedo pedir que la Administradora enseñe la autorizacion que le hayan enviado los 3 propietarios que no viven en nuestra ciudad y, no vendran, con la delegacion de a quien quieren que les representen?

Para acometer estas obras, ¿son necesarios el 100% de los votos?. Que ocurre con los que no voten, ¿Como se cuentan esos votos inexistentes?. Me quiero negar a que se pida una subvrencion bancaria a cargo de la Comunidad, pues en cuanto un vercino no pague, ¿asumiremos el resto de la deuda los demas?

De que forma puedo pedir correctamente, para conseguir que toda esta informacion conste en el Orden del Dia, además de lo de las obras que quieren ellos, y, asi que conste en el Acta toda la informacion que se genere.

Gracias por vuestra AYUDA….Me habeis ayudado en otras ocasiones y veo como ayudais a otros consultores.

LOLES

 

 
LOLES1
LOLES1
15/12/2025 01:08
Quiero dar las Gracias a todos/das, las respuestas recibidas, me han aclarado e informado sobre mucho desconocimiento que tengo.
Me ha quedado claro que mi Comunidad que está en Valencia y tiene 10 ptas(propietarios), la mayoria simple son 3/5, para aprobar, lo que sea, en este caso la rehabilitacion del edificio, en un 75% de su estructura(no va ser el 100% del edifcio), o sea se necesitan 6 ptas para aprobar lo que esté en el Orden del Dia de la convocatoria.
Pero los que no asisten a la Junta y no votan, ni han delegado sy asistencia/voto en alguien ¿esos votos no emitidos,se suman a lo que quieran los que estan proponiendo las actuaciones de obras, para ellos tener asi las 6 ptas necesarias?.
Por ejemplo, ahora hay 4 ptas que quieren hacer las obras del presupuesto que van a presentar, hay 2 ptas en desacuerdo con ese presupuesto, y hay 3 ptas que no viven en Valencia, y, no vendran a la Junta, hay una pta que hay que saber si sigue siendo morosa con la comunidad..
La pregunta es: ¿Se pueden anexionar esos 3 votos a las 4 ptas, y convertirlos en 7 votos favorables? Oh ¿se quedarian los 4 votos y por no alcanzar los 3/5, no se aprobaria el presupuesto?
Entiendo por el punto 5 de la respuesta de AltosMarbella, que los que no votan no se deberan sumar a nadie, ni para bien ni para mal, simplemente no existen., no cuentan
En cuanto a ARV1, entiendo que si por mayoria simple(más sies que noes) la Comunidad decide pedir un prestamo, y avalarlo con los bienes que tenga, pues vale lo puede hacer.
Pero que un propietario se puede negar a formar parte de ese prestamo, y, dejar constancia en Acta que no asume la responsabilidad de los propietarios que lo contraigan. ¿No es así, no existe esa posibilidad?
Aunque un propietario se desvincule del prestamo comunitario, si hay algun fallo, éste propietario ¿tambien asumirá la
carga que quede? ¿Aunque él no deba nada?
Quiero pedir disculpas, por si parezco repetitiva en algun tema, pero necesito tenerlo muy claro, pues es mucho dinero lo que sube el presupuesto que nos presentan y no entiendo de materiales de obras ni del lexico que ha empleado la empresa para explicar lo que quieren hacer, pero hay cosas muy obvias que no necesitamos y que nos han presupuestado....Por eso lo de tener tan claro el porcentaje, y los votos presentes o delegados.
Gracias a todos/das, por vuestramabilidad y el tiempo que me habeis dedicado.
Atentamente. LOLES1
 
ARV1
ARV1
14/12/2025 20:27
6.- Sí, si la comunidad por mayoría de los presentes -de votos y coeficiente- decide en junta pedir un préstamo, y era un tema del orden del día, usted no puede hacer nada: la mayoría decide. Y el responsable del pago de esa deuda es la Comunidad -de la que usted forma parte mientras que sea necesario.

Esto no es así. Los propietarios que no necesitan prestamos no están sujeto a tal decisión ya que estarían perjudicados por intereses. Estos pueden pagar de forma independiente la parte que les toca. El préstamo sería para los propietarios que sí lo requieran. Un derecho no puede perjudicar otro derecho.
 
A
AltosMarbella
14/12/2025 13:11
@LOLES 1.

1.- La Junta la convoca el presidente, el administrador de encarga de enviar la convocatoria.

2.- En Juntas extraordinarias NO hay plazo de convocatoria.

3.- Sí, un propietario puede pedir al presidente -y estelo debe hacer- que en el orden del día de la próxima junta se incluyan asuntos que considere oportuno. Pero no en una junta ya convocada.

4.- Sí, en la convocatoria a junta se debe incluir la relación de viviendas cuyos propietarios no pueden votar por estar en mora.

5.- Dependiendo de la obra se puede aprobar con mayoría simple -más votos síes que noes- entre los presentes con derecho a voto. Los no presentes, obviamente, no votan, ni a favor ni en contra.

Recuerde que las juntas tienen un doble sistema de mayoría: votos y coeficientes. Cada propietario tiene un voto y además los coeficientes de sus propiedades: por ejemplo, si yo tengo dos pisos, uno con un coeficiente -que marca el % de los gastos que asume- de 1% y el otro del 2%; tengo un solo voto con el 3% de los coeficientes.

6.- Sí, si la comunidad por mayoría de los presentes -de votos y coeficiente- decide en junta pedir un préstamo, y era un tema del orden del día, usted no puede hacer nada: la mayoría decide. Y el responsable del pago de esa deuda es la Comunidad -de la que usted forma parte mientras que sea necesario.

7.- Quien no va a la junta NO VOTA. No sirve de nada que usted envíe una nota diciendo que su voto es negativo. El voto por correo o a distancia no sirve en España (salvo creo en Cataluña). Usted puede delegar su voto en alguien -aunque no sea miembro de la comunidad- pero no puede obligarle a que vote en el sentido que usted quiere.

8.- Sí, aunque su fachada sea de pintura se puede hacer hidrolimpieza -si la pintura lo permite- es más, para volver a pintar lo normal es que lo hagan a mucha presión para quitar los restos de la pintura anterior. Luego se da imprimación y se pinta.
 
ARV1
ARV1
14/12/2025 10:07
La contratación de un administrador para una comunidad debe ser conocido y refrendado por todos los propietarios, es decir, se debe informar previamente sobre sus condiciones (generalmente las económicas) ya que quien contrata es la comunidad, NO el presidente que es un mandatario y representante de esa comunidad. Por tanto usted debió ser informado de estas condiciones y usted debió dar su opinión y su voto. Esto no se hizo pero: esto se votó, se aceptó en junta, queda constancia de eso???.
Otro tema es la firma de ese contrato. Quién lo firmó o aceptó y a instancia de quienes???. Cuando un presidente se extralimita en sus funciones firmando contratos no aceptados por la comunidad está incurriendo en ilegalidades que le pueden salir muy caras, porque cualquier propietario le puede demandar por tomar éste tipo de iniciativas que a él no le corresponden.
Ahora ustedes tienen un nuevo problema, que es la dictadura de este profesional.
Cuántos propietarios confirman su comunidad???. Es de Cataluña???.
 
carolinevega
carolinevega
13/12/2025 12:44
Los 3/5 de 10 es 6
Se multiplica el número de puertas 10 x 3 =30
Y 30 se divide entre 5 30:5=6
 
LOLES1
LOLES1
12/12/2025 22:45
Gracias luismp, por tu amable respuesta.
Me ha quedado claro, que no puedo pedir que se incluya en el Orden del Dia de la Junta, que estaba para hoy, y, que se ha convocado para el lunes dia 15, el saber si hay morosos, si hay dinero en el banco.....
Las obras a realizar son del edificio por completo: Zaguan, cuarto antigua porteria y tres deslunados, con la fachada delantera del edificio.
Perdon por mi ignorancia pero de 10 puertas ¿cuantas puertas son 3/5?, por favor...! no me aclaro con los quebrados y cada vez me sale algo diferente.
Gracia, otra vez por tu amabilidad y rapidez en la respuesta. LOLES
 
L
luismp
12/12/2025 16:22
Como introducción, las juntas las convoca el presidente, no el administrador, y para las extraordinarias no hay plazo de convocatoria, simplemente el necesario para que los propietarios lo conozcan.
Respecto a las preguntas que hace, le contesto.
¿Puedo pedir que se incluya en la convocatoria además de poner los presupuestos y pedir su aprobacion y formas de aceptar formas de pago, pongan si hay vecinos morosos?. En la convocatoria debería ir la lista de morosos, pero una vez convocada, no puede pedir nada que altere la convocatoria o el orden del día.
¿Puedo preguntar que informen sobre los gastos del año? No
¿puedo preguntar cuanto dinero hay en el banco? No
¿Puedo pedir que la Administradora enseñe la autorizacion que le hayan enviado los 3 propietarios que no viven en nuestra ciudad y, no vendran, con la delegacion de a quien quieren que les representen? Si.
Para acometer estas obras, ¿son necesarios el 100% de los votos? Dependiendo de que obras se trate puede ser necesaria una mayoría simple, 3/5, unanimidad.
Que ocurre con los que no voten Depende de la mayoría necesaria
¿Como se cuentan esos votos inexistentes?. Igual respuesta que la anterior.
Me quiero negar a que se pida una subvrencion bancaria a cargo de la Comunidad, pues en cuanto un vercino no pague, ¿asumiremos el resto de la deuda los demas? Si no figura en el orden del día, no se puede aprobar.
 

Fin del hilo
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