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ARV1
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21/12/2025 08:46

VERDADES Y MENTIRAS DE LOS COLEGIOS ADMINISTRADORES DE FINCAS

¿Cuál es la verdadera función del Colegio de Administradores de Fincas?

559 lecturas | 7 respuestas
Abro el presente hilo para poner de manifiesto las verdades y mentiras del MAL llamado Colegio de Administradores de Fincas.

Sus orígenes. El fin para lo que fue creado. Su trayectoria, etc...

1- Historia del Colegio Nacional Sindicalista de Administradores de Fincas.

La figura del Administrador de Fincas, como hoy se conoce, nace en Barcelona en 1936 con la aprobación de los Estatutos de la Associació d’Administradors de Finques de Barcelona. El funcionamiento de esta Asociación se vio interrumpido por la Guerra Civil.

2- En la posguerra los Administradores de Fincas se vuelven a agrupar en pequeñas asociaciones locales con el fin de defender a sus asociados (LOS ADMINISTRADORES) y posteriormente, en abril de 1968, se funda ya como una Corporación de carácter profesional el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas de España, (SE FUNDÓ COMO SINDICATO) que tendrá plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus facultades, disfrutando a los efectos civiles y administrativos del rango y privilegio de las Corporaciones de Derecho Público, es decir, la protección de sus asociados.

https://www.boe.es/eli/es/res/1969/01/28/(1)/con

3- Posteriormente en el año 1981, (ya en democracia) la Junta de Gobierno del Colegio Nacional con el fin de agilizar la defensa de los DERECHOS E INTERESES DE LOS PROFESIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE FINCAS en todo el territorio nacional, solicitó la constitución de los Colegios Territoriales de Administradores de Fincas, los cuales se segregaron del Colegio Nacional, (eliminaron lo de NACIONAL SINDICALISTA sonaba a franquismo puro y duro, es decir, le lavaron la cara) creándose a la vez el Consejo General de Colegios, cuyo objetivo es REPRESENTAR ANTE EL ESTADO LOS INTERESES DE ESTOS PROFESIONALES COLEGIADOS.

https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/06/19/1612

4- EN DEFINITIVA, ES UNA AGRUPACIÓN EMPRESARIAL QUE DEFIENDE LOS INTERESES DE LOS ASOCIADOS QUE PAGAN MENSUALES LA CUOTA. Por tanto, los propietarios no están representados y por ello una queja a esta Asociación Empresarial poca o ninguna solución le dan a los propietarios, porque no se fundó para ese fin, sino para la PROTECCIÓN de forma SINDICAL para sus afiliados o asociados, o sea, para los ADMINISTRADORES DE FINCAS. Por tanto, no es un colegio profesional como sí lo son, el de arquitectos, médicos, ingenieros, etc... no se confundan!!!, porque conforman un órgano centralizador y protector de la actividad empresarial de éste colectivo, y por ello, nada tiene que ver con los verdaderos colegios profesionales donde allí se exige la TITULACIÓN UNIVERSITARIA correspondiente a su actividad profesional. Siendo el organismo legal de control de estos profesionales.

5- RECLAMAR A ESTOS, MAL LLAMADOS COLEGIOS, NO TIENE SENTIDO Y ES UNA PERDIDA DE TIEMPO.
Y un ejemplo claro del que fue presidente del colegio de administradores de fincas de Málaga:

https://youtu.be/aM_cFyOFibA?si=i69HuFQPiGegXgE9

6- El tener un Administrador Colegiado no es garantía para los propietarios, más bien es todo lo contrario, porque como ya se demuestra, éste órgano centralizador de la profesión se creó para protegerles y enrocarse en su defensa.




 
JavierGVera
JavierGVera
28/12/2025 18:05
Hablemos claro, los Colegios de Administradores de Fincas no son colegios profesionales, son agrupaciones corporativas creadas para blindar a los administradores, no para proteger a los propietarios. Su origen, su normativa y su práctica diaria lo demuestran. Cuando un administrador mete la mano, oculta comisiones, manipula presupuestos o fuerza obras sospechosas, el Colegio no actúa porque no fue diseñado para actuar. Su función es proteger al administrador, no fiscalizarlo.
Y lo digo con conocimiento de causa. Mi experiencia personal demuestra que, cuando hay obras, y presuntas comisiones, demasiados administradores miran por sus intereses particulares, antes que por la comunidad. Y cuando acudes al Colegio, te encuentras con un muro corporativo que solo sirve para lavar la imagen del colectivo, no para defender al propietario.
Por eso, seguir creyendo que un administrador “colegiado” es garantía de algo es un error. La verdadera protección está en la comunidad, en que esta, en ciertos casos, articule y defina aquellos órganos para la mejor gestión posible, por ejemplo creando comisiones de control y asesoría de obras, e incluso fiscalización de la cuantas de la comunidad, siempre y cuando algunos propietarios estén capacitados y quieran aporta su experiencia
El Colegio, tal y como funciona hoy, es irrelevante para el propietario y útil solo para el administrador.
 

Fin del hilo
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