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ARV1
ARV1
21/12/2025 08:46

VERDADES Y MENTIRAS DE LOS COLEGIOS ADMINISTRADORES DE FINCAS

¿Cuál es la verdadera función del Colegio de Administradores de Fincas?

356 lecturas | 7 respuestas
Abro el presente hilo para poner de manifiesto las verdades y mentiras del MAL llamado Colegio de Administradores de Fincas.

Sus orígenes. El fin para lo que fue creado. Su trayectoria, etc...

1- Historia del Colegio Nacional Sindicalista de Administradores de Fincas.

La figura del Administrador de Fincas, como hoy se conoce, nace en Barcelona en 1936 con la aprobación de los Estatutos de la Associació d’Administradors de Finques de Barcelona. El funcionamiento de esta Asociación se vio interrumpido por la Guerra Civil.

2- En la posguerra los Administradores de Fincas se vuelven a agrupar en pequeñas asociaciones locales con el fin de defender a sus asociados (LOS ADMINISTRADORES) y posteriormente, en abril de 1968, se funda ya como una Corporación de carácter profesional el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas de España, (SE FUNDÓ COMO SINDICATO) que tendrá plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus facultades, disfrutando a los efectos civiles y administrativos del rango y privilegio de las Corporaciones de Derecho Público, es decir, la protección de sus asociados.

https://www.boe.es/eli/es/res/1969/01/28/(1)/con

3- Posteriormente en el año 1981, (ya en democracia) la Junta de Gobierno del Colegio Nacional con el fin de agilizar la defensa de los DERECHOS E INTERESES DE LOS PROFESIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE FINCAS en todo el territorio nacional, solicitó la constitución de los Colegios Territoriales de Administradores de Fincas, los cuales se segregaron del Colegio Nacional, (eliminaron lo de NACIONAL SINDICALISTA sonaba a franquismo puro y duro, es decir, le lavaron la cara) creándose a la vez el Consejo General de Colegios, cuyo objetivo es REPRESENTAR ANTE EL ESTADO LOS INTERESES DE ESTOS PROFESIONALES COLEGIADOS.

https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/06/19/1612

4- EN DEFINITIVA, ES UNA AGRUPACIÓN EMPRESARIAL QUE DEFIENDE LOS INTERESES DE LOS ASOCIADOS QUE PAGAN MENSUALES LA CUOTA. Por tanto, los propietarios no están representados y por ello una queja a esta Asociación Empresarial poca o ninguna solución le dan a los propietarios, porque no se fundó para ese fin, sino para la PROTECCIÓN de forma SINDICAL para sus afiliados o asociados, o sea, para los ADMINISTRADORES DE FINCAS. Por tanto, no es un colegio profesional como sí lo son, el de arquitectos, médicos, ingenieros, etc... no se confundan!!!, porque conforman un órgano centralizador y protector de la actividad empresarial de éste colectivo, y por ello, nada tiene que ver con los verdaderos colegios profesionales donde allí se exige la TITULACIÓN UNIVERSITARIA correspondiente a su actividad profesional. Siendo el organismo legal de control de estos profesionales.

5- RECLAMAR A ESTOS, MAL LLAMADOS COLEGIOS, NO TIENE SENTIDO Y ES UNA PERDIDA DE TIEMPO.
Y un ejemplo claro del que fue presidente del colegio de administradores de fincas de Málaga:

https://youtu.be/aM_cFyOFibA?si=i69HuFQPiGegXgE9

6- El tener un Administrador Colegiado no es garantía para los propietarios, más bien es todo lo contrario, porque como ya se demuestra, éste órgano centralizador de la profesión se creó para protegerles y enrocarse en su defensa.




 
JuanGarcia1
JuanGarcia1
29/12/2025 19:52
Una de las pruebas que presente es que en los estatutos del colegio de administradores es obligatorio poner el numero de colegiado, y le presente varios documentos donde no lo ponia, pues no sirvio de nada, es más como no tenia ninguna excusa ni siquiera respondieron, solo respondieron a lo que les interesaba. Por eso ceo que es una perdida de tiempo recurrir a ellos.
Cuando tenga un poco de tiempo voy a publicar una sentencia judicial de un juzgado de San Javier, contra la pretensión de un administrador que habia puesto en el acta que los vecinos le pagaran los gastos de los pleitos contra el por sus irregularidades y sin haberse anunciado en el orden del día. Al final el juzgado me dio la razón y ha anulado ese acuerdo, no se lo he comunicado al Colegio de Administradores porque da igual.
 

Fin del hilo
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