Hola Mercedes:
Te contestamos desde una empresa que fabrica e instala toldos, porque esta situación la vemos a menudo en rehabilitaciones de fachada y la parte práctica suele resolverla antes que la discusión.
Lo primero: pide al administrador el presupuesto o la memoria de la obra que se aprobó en junta y mira si entre las partidas aparece «desmontaje y montaje de toldos» o «reposición de elementos de fachada». En las rehabilitaciones ese capítulo se incluye casi siempre, y si está, la reposición ya está pagada con la derrama y no tienes que abonar nada aparte. Si no está, eso es exactamente lo que hay que reclamar, y por escrito.
El fondo: la conservación de la fachada es una obra obligatoria de la comunidad (artículo 10.1.a de la Ley de Propiedad Horizontal), y tu toldo estaba puesto con autorización. Esa autorización no se extingue porque la comunidad tenga que hacer una obra; lo razonable es devolver la fachada al estado en que estaba. Manda la solicitud de reposición al administrador por escrito y pide que conste en acta: si la obra se cierra y se liquida sin que figure tu petición, después cuesta mucho más.
Y el matiz técnico, que es donde suele atascarse todo: la empresa de rehabilitación muchas veces no quiere volver a colgar el toldo por la responsabilidad del anclaje, sobre todo si se ha puesto aislamiento por fuera (SATE) o un revestimiento nuevo. Ahí los tacos antiguos ya no sirven: hacen falta anclajes que atraviesen el aislamiento hasta el soporte firme, con casquillos separadores. Es habitual entonces que la comunidad pague el montaje a un instalador de toldos, que es quien asume ese anclaje. Mientras tanto, haz fotos de cómo ha quedado la fachada y de dónde estaban los soportes.
Un saludo,
Equipo de Ofertoldo