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torrente138
torrente138
07/07/2010 14:00

¿Alguien sabe como va lo del recurso conjunto? ¿Se ha realizado ya?¿En qué se basa?¿Va a servir como recurso o es una simple queja?

 
1de154
1de154
22/06/2010 00:45

Habeis visto la carta modelo para reclamar a la emvs,

cual es la cantidad que hay que indicar, nos la inventamos?

alguien sabe algo?

 
F
Ford_F
20/06/2010 19:42

Hola a todos,

Esto es un lío. No entiendo por qué tenemos que poner un recurso contra la denegación del visado de la vivienda. ¿Contra qué orden lo haríamos?

No digo que no debamos hacerlo, pero no lo tengo nada claro. ¿Alguien me lo podría aclarar?

Gracias.

Saludos

 
R
rojillo77
17/06/2010 11:25

Ya que nos hemos puesto en manos de un abogado, por mi parte que vaya preparando ya la denuncia por lo civil a la emvs,por faltarnos a la verdad y por reirse de nosotros, pero desde ya.

 
C
casaquiero
17/06/2010 10:40

No sé qué decirte Nessi, lo cierto es que son puras especulaciones nuestras, pero el agravio comparativo sería enorme, que a los vecinos que no hayan pedido el cheque-vivienda les concedieran el visado de los contratos de compra-venta y en cambio a los que si las han socilitado se lo denieguen.

No creo que hagan distinciones, vamos, si están denegando los visados a la EMV será de todas las viviendas, date cuenta que nos pidieron el último "papelito" del registro de golpe y lo presentarían en la CAM de una, pero vamos que siguen siendo elucubraciones mías.

Saludos.


Editado por casaquiero 17/06/2010 10:41
 
N
nessi
17/06/2010 05:34

Pues por lo que me explicaron para presentar el recurso contra la denegación de las ayudas hay que presentar primero el recurso contra la denegación del visado, porque una denegación es consecuencia de la otra y por lo visto los tramitan en secciones diferentes.

Lo que no tengo claro es si las personas que no han pedido las ayudas tienen que poner el recurso por la denegación del visado. Creo que no, porque si no has pedido ayudas la consecuencia que tiene la denegación del visado es, en principio, para la promotora (emvs) que la comunidad de madrid les abre un expediente sancionador.

un saludo y buen día!

 
C
casaquiero
16/06/2010 17:19

Nessi con esto último que comentas, creo de todas todas, hayamos pedido ayudas o no, el recurso por la denegación del visado lo tenemos que presentar todos los propietarios ¿no? wink

Ahora mismo el modelo que hay colgado en la web de centralia es para interponer recurso por la denegación de las ayudas.

 

Esto es más como desahogo que como aporte, pero de verdad, que cada vez que os leo que en la EMV os dicen que no van a hacer nada, que ellos han presentado todo bien, es que me llevan los demonios!!! Pero qué poco interés demuestran para resolver un problema que es suyo!!!! Que el visado es una gestión suya!!! aargggg!!!angry

 
N
nessi
16/06/2010 15:28

Urgente, hoy me han dicho en la calle Maudes 17. que todos los afectados por la denegación de las ayudas tenemos que interponer dos recursos: 1) por la denegación del visado y 2) por la denegación de las ayudas. Tienen que ir en recursos separados porque se tramitan en sitios diferentes. Me han dicho que al que no ponga los dos recursos no se le concederan las ayudas en caso de que estimen el recurso por el visado.  Tambi´ñen me han dicho que haciendo el recurso todos juntos la tramitación sería mucho más rápida. ¿ Se hablo de esto en la reunión que hicistéis?Un saludo

 
N
nessi
16/06/2010 08:59

hola boxman,

 

Muchas gracias por contestar tan rápido. Por favor, podrías explicarme lo de la junta de gobierno y el abogado...supongo que lo habréis tratado en la reunión que se hizo pero a la que yo no acudí porque desconocía todo este tema hasta hace sólo unos días.

Un saludo!!

 
B
Boxman
15/06/2010 19:44

Efectivamente a mí también me dijeron que con el recurso de reposición estaba dificil que nos concedieran las ayudas. Que tendríamos que ir vía judicial y ahí si que era facil ganarlo.

De todas formas tenemos que esperar lo que nos dice la Junta de Gobierno respecto a lo del abogado.

 
N
nessi
15/06/2010 16:13

Hola a todos,

Yo he estado fuera del domicilio y he tenido que ir a recoger la carta a la calle Maudes donde efectivamente se me ha informado de que las ayudas estaban denegadas por que la CAM no había concedido el visado y esto debido a que la EMV no presentó en tiempo los certificados de titularidad a fecha de contrato de compraventa.

La única opción que me dieron ha sido interponer el recurso postestativo de reposición, aunque me han dicho que también podriamos ir por la vìa judicial (civil) y pedir responsabilidades por daños y perjuicios a la EMVS que son los promotores de la vivienda.

Me han dicho que aunque pongamos el recurso va a ser dificil que nos concedan las ayudas porque la promotora (emvs) ni siquiera ha reclamado por la denegación del visado, y si ellos no reclaman no se puede hacer mucho.

He hablado con Encarna de la EMV (que ha sido bastante desagradable) y me ha dicho que ellos presentaron la documentación en el mes siguiente a que se les comunicara la denegación del visado y que por tanto estaban en el tiempo dado por la comunidad para presentar recurso contra esa resolución. También me ha venido a decir que ellos han hecho todo bien y que no van a a hacer nada.

Ante mi insistencia y como le he dicho que somos 132 viviendas afectadas en la misma promoción que hemos pedido las ayudas y no tenemos visado y que podiamos organizarnos para reclamarles por via judicial daños y perjuicios me ha dicho que podemos pedir cita con su jefa, que es la más jefa de todas, la directora de gestión de vivienda y patrimonio Esttrella Sánchez López. Si empezamos a llamar todos y a pedir cita con esta señora puede que muevan el culo por su propio interés. Somos 132 viviendas afectadas y no creo que les interese que les reclamemos judicialmente el importe de las ayudas que no vamos a obtener por su incompetencia.

Lamento no haberme enterado de que hubo una reunión, ¿alguien puede explicarme si se ha decidido interponer un recurso común?

Yo mañana iré a interponer mi recurso y a intentar averiguar algo más en la consejería, ya os contaré

 
torrente138
torrente138
15/06/2010 14:05

Yo de momento sigue sin recibir contestación sobre las ayudas, ni positivo ni negativo, así que por si tardaban poco, todavía mas ¿a alguien le ha llegado la carta ultimamente?. Por cierto ¿sabemos algo del abodago que se iba a coger para revisar el tema?

 
vallekas boy
vallekas boy
14/06/2010 07:56

Gracias nijau,

Intentaré conseguirlas de este modo.

 
13ruedelpercebe
13ruedelpercebe
08/06/2010 11:28

Finalmente yo tampoco pude ir a la reunión, ¿de qué se habló?

 
vallekas boy
vallekas boy
07/06/2010 16:32
Por motivos de turnos en mi trabajo me es imposible asistir a la reunión, es un tema que me interesa mucho por lo que rogaría que se hiciese un resumen en el foro mañana por si se ha acordado hacer algo de forma conjunta.

Gracias de antemano.
 
B
Boxman
04/06/2010 14:54

vallekas boy,

Más o menos es lo mismo. De todas formas, te recomiendo que pidas claves nuevas.

Lo ideal es que vayamos dejando este foro y que escribamos en el de Centralia.

Al foro de Nuevos Vecinos tiene acceso todo el mundo y hay personas ajenas a nuestra comunidad que lo lee.

En el foro de Centralia sólo tenemos acceso los vecinos de la comunidad.

 

 
vallekas boy
vallekas boy
04/06/2010 12:57
Rogaría que si se está poniendo algo de interes general en el foro de centralia lo pegárais en este, debí tirar la carta de centralia con las claves y no puedo entrar.
Las claves correspondian con algun tipo de dato personal?digase dni o algo así que me pueda hacer recordarla
gracias.
 
mihouse
mihouse
03/06/2010 13:44
Fer2 dijo:

El  DECRETO 11/2005, de 27 de enero,  (...) Y el DECRETO 74/2009, de 30 de julio,  (...)

Si el contrato no reuniese la totalidad de las cláusulas obligatorias o no se hubiese aportado la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones para acceder a la vivienda, se concederá al promotor/vendedor o arrendador un plazo de diez días para su subsanación, transcurrido el cual sin llevarlo a cabo, mediante resolución se denegará el visado.

La denegación del visado determinará la instrucción, en su caso, del correspondiente expediente sancionador.

Saludos

Gracias Fer2 ;) leídos los artículos que nos has transcrito veo que lo que se ha comentando anteriormente sobre que este documento nuevo que nos requirieron en la EMV y que solicitamos en el Registro hace unos meses, aparece "reflejado" en el RD 11/2005, como os dijeron en la calle Maudes. Y que está plasmado también en el RD 74/2009.

Por lo que leo, el promotor vendedor, es decir, la EMV tiene 10 días para la subsanación. Nosotros nos encontramosen el punto de que "la denegación del visado" de lo que deduzco que la instrucción de expediente sacionador es para la EMV.

Ahora, más coloquialmente, ¿la EMV se va a currar que nos visen los contratos, lo va a mover, lo va a recurrir o nos van a hacer el avión y van a dejar pasar los meses tranquilamente?

Creo que vamos a tener que ser los propietarios los que les pongamos las pilas e insistamos para que lo solucionen, cuantas más quejas, más se saturan, más se hace.


Editado por mihouse 03/06/2010 13:45
 
F
Fer2
03/06/2010 11:26

Hola a todos!

Como hoy es festivo, estoy intentando recopilar más información sobre la denegación de las ayudas y, gracias a lo que algún vecino ha escrito en el foro de centralia, creo que he encontrado el origen de nuestro problema y mucho me temo que, si la Comunidad se pone farruca, tiene la razón de su parte.


El  DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid dice, en su artículo 16 lo siguiente:

Artículo 16. Visado del contrato
Los contratos de compraventa o adjudicación y arrendamiento y, en su caso, escrituras públicas de declaración de obra nueva para el supuesto de promoción individual para uso propio de las Viviendas con Protección Pública, deberán presentarse por el promotor/vendedor o arrendador ante la Consejería competente en materia de vivienda, para su visado con la solicitud de calificación definitiva, y en el supuesto de que la vivienda se vendiese o arrendase después de concedida la calificación definitiva, en el plazo máximo de diez días a partir de la suscripción del contrato.

El visado acreditará, en todos los supuestos, que el contrato contiene las cláusulas obligatorias establecidas en el artículo anterior. Además, en el supuesto de primera transmisión de la vivienda, cuando el destino original de la misma sea la venta o el uso propio y en el supuesto de cesión de uso de la vivienda cuando el destino original de la misma sea el arrendamiento, el visado acreditará que el adquirente o arrendatario, respectivamente, cumplía a la fecha de su suscripción las condiciones establecidas para acceder a la vivienda, por lo que, junto con el contrato deberá aportarse la documentación que acredite el cumplimiento de tales condiciones.

A la vista de la documentación aportada, y si se cumplen los requisitos exigidos por la normativa aplicable, la Consejería competente en materia de vivienda, en el plazo máximo de seis meses, procederá a devolver al promotor/vendedor o arrendador el original del contrato con el correspondiente visado, así como una fotocopia del mismo, para su entrega por parte de aquél al adquirente o inquilino, quedando otra copia en el expediente. Transcurrido el mencionado plazo sin que se hubiese procedido en la forma indicada, podrá entenderse otorgado el visado por silencio administrativo.

Si el contrato no reuniese la totalidad de las cláusulas obligatorias o no se hubiese aportado la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones para acceder a la vivienda, se concederá al promotor/vendedor o arrendador un plazo de diez días para su subsanación, transcurrido el cual sin llevarlo a cabo, mediante resolución se denegará el visado.

La denegación del visado determinará la instrucción, en su caso, del correspondiente expediente sancionador.

Y el DECRETO 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid (que es el que sustituye o complementa al del 2005) dice en su artículo 15 más o menos lo mismo.

Artículo 15
Visado del contrato
Los contratos de compraventa o títulos de adjudicación deberán presentarse por el promotor ante la Consejería competente en materia de vivienda, para su visado con la solicitud de calificación definitiva, y en el supuesto de que la vivienda se vendiese después de concedida la calificación definitiva, en el plazo máximo de diez días a partir de la suscripción del contrato. Los contratos de arrendamiento, que deberán ser necesariamente de fecha posterior al otorgamiento de la correspondiente calificación definitiva, deberán presentarse por el promotor para su visado en el plazo máximo de diez días a partir de su celebración.
El visado acreditará, en todos los supuestos, que el contrato contiene las cláusulas obligatorias establecidas en el artículo anterior. Además, en el supuesto de primera transmisión de la vivienda, cuando el destino original de la misma sea la venta o el uso propio y en el supuesto de cesión de uso de la vivienda cuando el destino original de la misma sea el arrendamiento o el arrendamiento con opción de compra, el visado acreditará que el adquirente o arrendatario, respectivamente, cumplía a la fecha de su suscripción las condiciones establecidas para acceder a la vivienda, por lo que, junto con el contrato deberá aportarse la documentación que acredite el cumplimiento de tales condiciones.
A la vista de la documentación aportada, y si se cumplen los requisitos exigidos por la normativa aplicable, la Consejería competente en materia de vivienda, en el plazo máximo de seis meses, procederá a devolver al promotor/vendedor o arrendador el original del contrato con el correspondiente visado, así como una fotocopia del mismo, para su entrega por parte de aquél al adquirente o inquilino, quedando otra copia en el expediente. Transcurrido el mencionado plazo sin que se hubiese procedido en la forma indicada, podrá entenderse otorgado el visado por silencio administrativo.
Si el contrato no reuniese la totalidad de las cláusulas obligatorias o no se hubiese aportado la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones para acceder a la vivienda, se concederá al promotor/vendedor o arrendador un plazo de diez días para su subsanación, transcurrido el cual sin llevarlo a cabo, mediante resolución se denegará el visado.
La denegación del visado determinará la instrucción, en su caso, del correspondiente expediente sancionador.

Saludos


 

 
mihouse
mihouse
03/06/2010 10:35

Muchas gracias a todos vecinos por las aportaciones que estáis haciendo en el hilo, compartiendo la información que habéis podido recopilar.

Lo más urgente por supuesto, es que aquellos que han recibido más temprano las notificaciones de denegación y ya ha empezado a correr para ellos el plazo de un mes para el recurso, dispongan de un texto bien redactado, en esto puede ser clave la ayuda del administrador de finca, para presentarlo lo antes posible.

Considero que lo más importante, independientemente de haber solicitado el cheque-vivienda y otras ayudas, es conseguir el visado de nuestros contratos de compra venta y en este punto sí que estamos todos los propietarios afectados, teniendo el visado en regla, conseguiríamos desbloquear la gestión de las ayudas.

Además de los recursos individuales, el hecho de preparar una reclamación conjunta para toda la finca, creo que nos puede motivar, al menos desde el punto de vista de ver que no estás "solo" para hacer frente la cuestión puesto que se trata de una acción conjunta de todos los propietarios.

Esperemos que en esa reunión que se está preparando podamos aclarar todas nuestras dudas.

Saludines y a lo que tengan puente que lo disfruten!!

 
F
Fer2
02/06/2010 22:21

Hola a todos!

Lo que escribo en las siguientes líneas es la continuación de lo que escribí en este foro el 27 de mayo (por si alguien quiere los antecedentes)

Esta mañana -miércoles 2 de junio- he ido a la calle Maudes (Consejería de Vivienda de la CAM) y después de pasearme por cuatro departamentos os comento lo que me han dicho. Según la versión de la Comunidad, algunas de las cosas que el día 27 de mayo me dijeron en la EMVS no son ciertas:

- El Departamento de Visado de Contratos de la calle Maudes (que, según ellos, no tienen nada que ver con el Departamento que gestiona las ayudas) dice que el decreto que obliga a presentar el certificado del Registro a fecha de firma de contrato no es nuevo (como decía la EMVS), sino que es del 2005.

- Este mismo Departamento de Visado de Contratos dice que su denegación del visado no tiene nada que ver con las ayudas. De hecho, en el Departamento de Ayudas dicen que nuestros expedientes ni los han tocado. (Personalmente, no entiendo como nos han mandado una carta denegándonos el cheque vivienda si, en teoría, nadie ha mirado nuestros expedientes; en todo caso, deberían habernos enviado una carta denengándonos sólo el visado del contrato)

- En el Departamento Jurídico de la calle Maudes me han enseñado el recurso de alzada que la EMVS les envió en febrero y me han dicho que ellos no lo han tramitado como recurso porque "el formato" con el que lo envió la EMVS no era el adecuado. Ahora dicen que lo están revisando para ver si es posible aceptarlo como recurso y no como "una mera comunicación de la EMVS".

- También les he preguntado qué posibilidades hay de que prospere el recurso de reposición que podamos plantear los vecinos. Me han contestado que aunque aportemos la documentación del registro, se trataría de documentación "extemporánea" o algo así (vaya, como entregada fuera de plazo), pero me han insistido con una sonrisa que "ellos tienen mucho interés en darnos las ayudas y que al haber tantos afectados tratarán de arreglarlo" (Yo, ya, a estas alturas, no me creo nada de nadie)

- Igualmente, han puesto a parir un poco a la EMVS porque, según los de la Comunidad, en febrero, cuando nos llamaron, nos tendrían que haber dicho que nos pedían el certificado del Registro porque la CAM había denegado las ayudas. Los de la CAM dicen que la EMVS nos debió notificar eso porque, al no hacerlo, nos privó de la posibilidad de hacer un recurso de alzada a nosotros en aquel momento.

- En fin, que creo que lo mejor es que hagamos el recurso de alzada dentro del mes que tenemos y esperar que haya buena voluntad entre las dos administraciones. A este paso ya me veo demandando a la EMVS para que nos pague las ayudas que la CAM nos ha denegado por su "aparente incompetencia". De todas formas, permitidme un último comentario personal: si, como dice la CAM, el decreto que exige el certificado del Registro a la fecha de firma de contrato es del año 2005, ¿no parece un poco extraño que la EMVS, con tantas promociones como ha entregado, cometa este error cinco años después? Digo yo que lo normal sería cometerlo justo cuando se cambia la normativa, pero no cinco años después. Y por otra parte, ¿por qué la CAM, cuando solicitamos las ayudas, nos pidió copia simple de la escritura o del contrato de compraventa, declaración de la renta y un certificado del registro de la propiedad y en cambio no nos pidió ese mismo certificado a la fecha de firma del contrato?

No sé si me he explicado bien. Lo que sí os he metido es un rollo del copón, pero, bueno, es por si puede ayudar a alguien.

Como no tengo ni idea de leyes y de decretos, si he dicho alguna "barbaridad jurídica", disculpadme igualmente

Saludos.

 
13ruedelpercebe
13ruedelpercebe
02/06/2010 12:58

En este enlace del foro de Centralia se está hablando del problema del cheque-vivienda. Allí se puede encontrar mucha información sobre el tema:

http://www.ecentralia.es/group/251653/forum/-/message_boards/message/318014

 
L
ledlight
31/05/2010 21:22

La junta de gobierno está preparando una reunión.


Editado por ledlight 31/05/2010 21:22
 
13ruedelpercebe
13ruedelpercebe
31/05/2010 11:20

Os copio un comentario que podéis encontrar en la página de Centralia:

Hola:

Les agradezco mucho esta nota pero no me acaba de aclarar mucho sobre esta situación. A mi modo de ver todo responde a un conflicto de competencias entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la del Ayuntamiento (EMVS), y con la excusa de pasarse el "marrón" de unos a otros, pretenden dejarnos sin un dinero que nos corresponde (y que a ellos les viene muy bien ahorrarse en tiempos de crisis).

Yo aún no he recibido la carta de denegación (aunque la veo venir), pero creo que deberíamos organizarnos ya para impedir que se cumpla lo que pretenden. Para ello propongo las siguientes medidas:

• A LA JUNTA DE GOBIERNO: Que convoque una reunión urgente para hablar de este tema, acordar medidas comunes, e informarnos entre todos, ya que esto afecta a la práctica totalidad de los vecinos del edificio y es mucho lo que nos jugamos.

• AL ADMINISTRADOR: Que redacte una carta-modelo para presentar como reclamación individual y otra para la reclamación conjunta y que las cuelgue en este espacio. Asimismo propongo que se escriba otra carta dirigida al Defensor del Pueblo, que creo que es un recurso público al que estamos legitimados a recurrir en este caso ya que nos enfrentamos a un "error" de la Administración.

• A LOS VECINOS: Que sigamos manteniéndonos informados entre todos de cualquier dato que podamos obtener de ambas partes, ya sea a través de este foro o en el de Nuevos Vecinos. Además agradecería a alguien que colgara los teléfonos donde podemos pedir explicaciones a la CAM y a la EMV, así como las direcciones a las que poder acudir y/o presentar las reclamaciones.

Esto es lo que se me ha ocurrido por el momento, espero que alguien pueda aportar algo más y que se difundan las medidas que acordemos entre todos.

 
R
rojillo77
27/05/2010 19:28

Hola a todos, hoy me ha tocado a mi,ya estoy pensando en el recurso o recursos,me parece muy bien que la emvs haya presentado todo y que nos volvieran a hacer pedir otro certificado, y si no ha vuelto a valer para nada,entiendo que ellos tendrian que hacer los recursos de todos.

saludos

 
N
Nunife
27/05/2010 15:06

Hola, Fer2, muchas gracias por la explicación, de verdad que es lo más entendible que he visto hasta ahora y espero que puedan solucionarlo, porque da igual quien tenga la culpa, el problema es que las consecuencias las sufrimos nosotros.

Me alegro de que te hayan tratado bien, porque a mí, como comentaba antes Mª José no me transmitió más que dejadez y el querer deshacerse de mí con un trato nada profesional, cosa que no es la primera vez que ocurre, y  eso se traduce en un sentimiento de desconfianza por mi parte, por lo que si no es un problema generalizado, mejor.

Boxman, yo he entregado un escrito en Maudes diciendo que siempre presenté todos los documentos que me han solicitado en tiempo y forma, por lo que tratándose de un problema entre las distintas administraciones, son ellos los que tienen que ponerse de acuerdo en aclarar este tema sin que afecte a ningún vecino de la comunidad.

No se si servirá para algo ni si será correcto, pero me han comentado que aunque pudiera presentar documentación más adelante si es cierto que la EMVS cuenta con ella, lo más importante era presentar un recurso antes de que terminase el plazo.

Saludos.

 
F
Fer2
27/05/2010 14:31

Hola a todos,

Esta mañana he estado en la EMVS con la carta denegatoria del cheque vivienda. Al contrario de lo que alguno decís, Encarna ha sido bastante amable conmigo y su explicación -desde mi ignorancia burocrática- me ha convencido, más o menos.

Lo que me ha explicado es lo siguiente:

- La Comunidad de Madrid ha cambiado de forma de trabajar en los últimos meses y ahora pide que la nota del registro de la propiedad que presentamos los adjudicatarios de vivienda protegida COINCIDA en fecha con la firma del contrato de compraventa.

- La EMVS recibió con fecha 27 de enero de 2010 una carta de la Comunidad de Madrid en la que se denegaba el visado para nuestra promoción de viviendas. (Encarna me ha enseñado este documento). A partir de esa fecha, la EMVS tenía un mes para interponer el recurso de alzada contra la resolución.

- Durante el mes de febrero la EMVS consiguió que el Registro de la Propiedad habilitara una aplicación informática que permitiese solicitar una nota de propiedades a una fecha determinada. Así lo hicimos y lo entregamos a la EMVS.

- El día 26 de febrero, es decir, dentro del plazo, la EMVS remitió a la Comunidad de Madrid el recurso de alzada y les adjuntó nuestras notas del Registro de la Propiedad. Aparentemente, con eso ya sería suficiente para arreglarlo todo.

- En los últimos días estamos recibiendo estas cartas denegatorias del cheque-vivienda, para nuestra sorpresa y -por lo que se ve- también para sorpresa de la propia EMVS.

Como ha comentado algún vecino, Encarna me ha dicho que los servicios jurídicos de la EMVS están en ello y que mañana tendrá una reunión de la que espera sacar alguna información en claro.

Como opinión,os diré que no sé bien de qué va toda esta movida, pero mi sensación es que la Comunidad nos quiere marear y es la que está actuando de peor fe, mientras que la EMVS se está esforzando por cumplir todos los requisitos y por facilitarnos las cosas. Pero es sólo mi opinión.

Saludos y espero haberme explicado.

 
B
Boxman
27/05/2010 10:42

Nunife,

Pero para poder recurrir tenemos que alegar que la emv presentó todos los papeles en forma  y tiempo y para ello necesitamos fotocopia de eso. ¿Alguien ha recurrido ya? Cómo habéis alegado?

 

Gracias

 
N
Nunife
27/05/2010 09:02

Hola,

Yo hablé ayer con Mª José, compañera de Encarna y me dijo que ni era un error suyo ni nos tenía que decir nada sobre qué podíamos hacer. Y que nos invitaba a todos a pasarnos por allí para que nos enseñase la fecha en la que habían presentado los papeles (muy amable no es como veis, pero ya nos tiene acostumbrados).

Por otro lado en Maudes 17 me dijeron que no hace falta un recurso conjunto, pero que uno individual al menos si que deberíamos presentar por que si no cierran el expediente. Le comenté lo que me habían dicho en la EMVS, se rieron y me dieron a entender que era un cuento que ya se sabían.

Total que les tenemos a los unos culpando a los otros y nosotros perdiendo para variar.

Como consejo por experiencia personal os diría que fueseis presentando los recursos individualmente.

Si se decide reunirse genial, pero no veo mucho movimiento.

Saludos.

 
B
Boxman
26/05/2010 22:33

Roger74,

¿Te ha dicho algo nuevo Encarna? Efectivamente hoy se ha pasado el cartero por aquí y ha dejado bastantes notificaciones.

Las estamos recibiendo todos los que solicitamos las ayudas.

 
R
ruth77
26/05/2010 21:53

Hola! A nosotros tambien nos ha llegado la denegación del cheque, hoy... He leido los post y creo q sería bueno el ponernos de acuerdo para hacer algo en conjunto además de hacerlo de manera individual... Lo qparece es q vamos a ir recibiendo poco a poco todos la denegación ya que según contais el problema es de la emv y la cm... y no de nosotros... Dispuestos para hacer lo que pensemos q sea necesario... q ese dinerito viene mu bien!!

 
L
ledlight
25/05/2010 18:51

gracias rofer por tu información. Espero que nos den una respuesta rápida, ya que el plazo para presentar el recurso es de un mes desde la recepción de la carta.

Si vemos que se retrasan, deberíamos reunirnos y plantear la reclamación conjunta, si bien a parte de la conjunta deberíamos presentar también individualmente una, ya que si por cualquier motivo uno de los firmantes no cumple alguna de las condiciones no queden excluidos todos los demás.

un saludo

 
R
rofer74
25/05/2010 16:30

Como la emv sigue pasando un poco, nos ha dicho Encarna que le va a pedir cita a su jefa para que todos los afectados nos podamos reunir con ella y que nos de una solucion.

 
torrente138
torrente138
21/05/2010 16:05

Nosotros lo presentamos en marzo me parece y todavía no hemos recibido nada, imagino que visto lo visto será lo mismo, de todas formas ni la comunidad ni la emv pueden decir que ya lo he pedido o ya lo he mandado, tendrán que presentar unos la documentación como que la presentaron y los otros como que la han pedido, ya que por nuestra parte la documentación esta entregada y bien entregada, cuantos paseitos para pedir certificados. Si se va a hacer la reunión para hablarlo pues mejor, que alguien diga fecha y hora porque imagino que esto tendrá unos plazos.

 
R
rofer74
20/05/2010 20:00

Hola

Nosotros tambien presentamos el certificado en febrero. Mi mujer les ha podido sacar mas informacion. Segun la emv siempre se habia pedido el certificado del registro con la fecha en la que lo solicitas, sin embargo este año la cam cambio de criterio y las pidio con fecha de firma. Incluso los reponsables de la emv tuvieron que hablar con el registro porque con fechas anterios no se puede pedir certificados, para que hicieran una excepcion con nosotros. Estos certificados, segun la emv, se le enviaron a la cam. Y ellos no han sabido nada mas hasta que hemos ido a reclamar con la carta de denegacion. Sin embargo en la cam hemos hablado con la persona que envio las cartas y dice que han enviado varios requerimientos a la emv solicitando la documentacion pero que como nos les han contestado pues las han denegado. Tambien dijo que tenia una lista bastante larga de denegados de emv. Nos recomendo que nos unieramos y que la reclamacion la hicieramos cuantos mas mejor porque asi ira mas rapido todo, en lugar de ir una a uno.

En la emv hablamos con Encarna, y nos dijo que lo iba a habar con su jefa para ver de que manera se podian poner ellos en contacto con la cam y solucionarlo.

Podemos quedar la semana que viene para que todos los que tengamos este problema lo hablemos y hagamos el escrito todos juntos. Por otro lado estaria bien que cada uno de nosotros llamemos a la emv para dar la paliza y que vean que somos muchos y que se impliquen para solucionarlo. Cuantas mas llamadas mejor.

 
E
enero1991
20/05/2010 15:44

Buenas,

Yo recibi la carta y actualice la documentacion del registro de la propiedad tal y como nos dijeron en la EMV hace unos meses. Soy bastante meticuloso con la documentacion que nos pide la emv y no me gusta dejar cabos sueltos.

La ayuda del cheque vivienda no es ninguna tonteria. Es un dinero muy importante.

Si no habeis recibido la carta pues nada. Si habeis recibido la carta certificada de Denegacion de la ayuda tendreis que presentar el recurso de Alzada tal y como comento el vecino solrac143.

El problema de la denegacion del cheque vivienda es que no es por culpa de nuestra, sino de un visado que tiene que pedir la EMV y que no lo ha gestionado bien. Por eso la Comunidad de Madrid lo ha denegado.

La EMV no va a hacer nada. Ellos creen que han presentado todo correctamente .

Estamos a la espera de noticias por parte de la Comunidad de Madrid..

 

 
B
Boxman
19/05/2010 20:57

Eso mismo pregunté yo.

Alguien de los que ha recibido la carta certificada puede decir si llevó en Febrero de nuevo a la emv el papelito del registro que nos pidieron?

 

Graciasss

 
S
sidonie
19/05/2010 20:52

yo tampoco he recibido nada todavia, esto no tendra nada que ver con lo que nos mandarón la emv al registro?

que es eso del visado?

que preguntón estoy, perdón

 
F
Fer2
19/05/2010 15:29

Hola:

Alucino con los de la calle Maudes. Yo también he estado esta mañana allí para ver qué pasaba (Aún no he recibido ninguna carta sobre las ayudas, pero quería informarme).

El hombre que me ha atendido ha revisado mi expediente en el ordenador y me ha dicho que no había ninguna anomalía, aparentemente. También me ha dicho que todavía no habían llegado a tramitarlo porque iban con retraso.

Le he comentado que en mi misma promoción había vecinos que habían recibido una carta en la que se los informaba de que les habían denegado las ayudas por carecerde "algún visado" la vivienda. El hombre ha vuelto a revisar su ordenador y dice que le extrañaba porque no le constaba que se hubiera tramitado ningún expediente de esa promoción de vallecas 14.

Para acabar, le he preguntado cómo iba el proceso y el tío va y me dice que las ayudas pueden tardar en llegar como un par de años más. ¿Cómo es posible que este elemento me diga esto cuando hace cinco meses otra chica del mismo departamento me dijo que a lo largo del 2010 recibiríamos alguna respuesta relativa a la concesión o denegación de las ayudas?

En fin, por mi parte, esperaré por si recibo alguna carta oficial de la Comunidad, porque los funcionarios de turno te informan cada uno de una cosa diferente según quien te atienda.

Saludos a todos.

 
S
solrac143
19/05/2010 12:56

Hola, he estado esta mañana en la calle Maudes de nuevo y me han dicho que es IMPRESCINDIBLE presentar alli mismo un RECURSO DE ALZADA con motivo de la denegacion del las ayudas, es la unica manera que ellos tienen de poder revisar los expedientes.

Un saludo.

 

Fin del hilo
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