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F
fajq
04/02/2007 00:19

No lo entiendo

¿Es legal invalidar un acuerdo de cuotas de participación en una comunidad de propietarios?

441 lecturas | 2 respuestas
Será que yo no se leer, o que no entiendo lo que leo, pero el caso es que yo no lo entiendo ... Intentaré explicarme.

Me refiero a la asignación de cuotas de la comunidad de propietarios. Después de constituidas y registradas tanto la mancomunidad como la comunidad de propietarios a la que pertenezco, en una junta general de mi portal (y parece ser que de otros también) se decidió el establecimiento de las cuotas de participación. Por un lado se nos informó de nuestra cuota de participación en la mancomunidad para gastos de zonas comunes y en otro punto del orden del día las administradoras nos informaron de que existen dos sistemas de asignación de cuotas: las cuotas por coeficientes de participación y las cuotas igualitarias para todos los propietarios. Se discuten los dos sistemas y se vota mayoritariamente por el sistema de cuotas igualitarias para todos.

Posteriormente la administradora(que también es propietaria) convoca una junta extraordinaria con único punto en el orden del día: "Comunicación y explicación de la invalidez del acuerdo alcanzado en la junta anterior respecto al establecimiento de cuotas de participación y establecimiento de cuotas comunitarias de acuerdo al título constitutivo de la comunidad". A dicha junta yo no pude asistir y en el acta de la misma se dice que el acuerdo anterior es: "inválido y contrario a ley, pues, el sistema que obligatoriamente debe seguirse para el abono de las cuotas comunitarias es por coeficientes de participación tal y como consta en el título constitutivo de la comunidad, esto es, normas estatutarias especiales confeccionadas por la promotora "Promociones Pretoria SL" y debidamente inscritas en el registro de la propiedad ..." y se hace llegar a todos los vecinos una fotocopia de unas escrituras en las que se recogen "normas estatutarias especiales de la comunidad"

Estas fotocopias (las he leido más de 50 veces) recogen fundamentalmente normas en relación al uso y derechos de los propietarios de los locales de la planta baja y en el punto 13º se dice textualmente: "Cada sub-comunidad (de la mancomunidad establecida), respecto a los servicios y cosas comunes que la afecten (y que sean independientes a los de las otras sub-comunidades), podrán adoptar todo tipo de acuerdos y decisiones, tener presidente, secretario y administrador propios, y contabilidad independiente, así como fijar y recaudar la cuota de pago, para atender a los gastos de reparación, mantenimiento y conservación de los indicados servicios individuales de que disponga." Es decir, yo no veo en tales normas estatutarias especiales ninguna explicación que invalide el acuerdo de la comunidad de propietarios sino todo lo contrario ya que, según mi interpretación, el punto 13º nos da plena libertad para tomar este tipo de decisiones.

En tal estado de cosas me surgen muchas preguntas y como debe ser que yo no sé leer o que a mi me falta alguna Hoja que explique lo que no entiendo he consultado las siguientes preguntas a un gabinete de abogados:

- ¿en el caso de que el título constitutivo de la comunidad nos invalidara el acuerdo, esto es legal?

- ¿no tiene nuestra comunidad de propietarios autonomía suficiente para decidir o modificar en cualquier momento el tipo de cuotas de sus vecinos?

- ¿permite la ley establecer diferentes tipos de cuotas comunitarias en función de los gastos a sufragar? Por ejemplo, ¿podría nuestra comunidad optar por el sistema de cuotas igualitarias para sufragar los gastos comunes corrientes en pagos mensuales? ¿Y a su vez optar por un sistema de coeficientes de participación para afrontar pagos de tipo extraordinario, por ejemplo arreglos en fachadas, etc.?

Atentamente,
Alguien que está aprendiendo a leer.
 
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FVM
15/02/2007 10:20
Yo tampoco entiendo como para ir a las zonas comunes se debe hacer por la calle aqui alguien nos vendio una moto y nos esta dando un triciclo.
La escalera que existe a la izquierda desde el garaje no es lugar de paso.
¿pOR QUE NO NOS DAN LAS LLAVES DE LAS ZIONAS COMUNES? ¿Tendra algo que ver con que no existen proteciones en la piscina? o sera que este verano no nos podremos bañar en la piscina y por ultimo algunos querian casa con piscina pero se deben pensar que la pagan los demas.
 
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fesu
04/02/2007 17:37
Hola.

Pues vaya lío, me he perdido del todo. En cualquier caso esta semana hay reuniones de vecinos y se podrá preguntar por todo esto, supongo.

Salu2, y gracias fajq por tu tiempo dedicado a la comunidad.
 

Fin del hilo
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