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MontyBurns
MontyBurns
26/02/2012 01:45

La excepción que mencionas no nos afecta. Se refiere a unas modalidades de seguro de vida muy particulares que nosotros no contrataremos: Los seguros “unit-link”. Son seguros de vida en los que el tomador asume el riesgo de la inversión. El eventual rendimiento (positivo o negativo) inherente a este seguro deriva de que la prima se invierte en fondos de inversión y/o valores que el asegurado elige entre los que la aseguradora ofrece. El tomador tiene la posibilidad de cambiar los valores o el fondo de inversión asociado a su póliza.
La suscripción de este tipo de productos entraña riesgos, ya que en caso de rendimientos negativos de los valores en que se invierte la prima, las pérdidas son asumidas íntegramente por el tomador. Por lo tanto, a la hora de elegir la inversión debe tenerse presente el nivel de riesgo que está dispuesto a asumir el tomador, y que las rentabilidades pasadas no aseguran rentabilidades futuras.
 

 
F
Fernyfrag
25/02/2012 21:20

Montyburns, ¿Como interpretas el segundo párrafo del art. 83.a, punto 1: "Se exceptúan de esta facultad unilateral de resolución..."?

No alcanzo a entenderlo, ¿Nos afecta a nosotros?

Gracias

 
MontyBurns
MontyBurns
25/02/2012 16:27

Si el contrato de seguro es individual y se pacta por un período superior a seis meses, tendrás derecho a resolver el contrato, sin indicar los motivos y sin ninguna penalización, en el plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.
Se exceptúan de esta facultad unilateral de resolución, los contratos de seguro en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, o en aquellos contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas.
El consumidor dispondrá de un plazo de treinta días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, en el caso de contratos relacionados con seguros de vida.
El plazo para ejercer el derecho de desistimiento empezará a correr cuando se informe al consumidor de que el contrato ha sido celebrado. No obstante, si el consumidor no hubiera recibido las condiciones contractuales y la información contractual, el plazo para ejercer el derecho de desistimiento comenzará a contar el día en que reciba la citada información.
La facultad unilateral de resolución del contrato deberá ejercitarse por el tomador mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación.
A partir de la fecha en que se expida la comunicación cesará la cobertura del riesgo por parte del asegurador y el tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de rescisión.
 

 
MontyBurns
MontyBurns
25/02/2012 16:26

Ley 50/1980, de 8 octubre, del Contrato de Seguro. Art. 10 de la Ley 22/2007, de 11 julio, de Comercialización a Distancia de Servicios Financieros.

SECCIÓN II. SEGURO SOBRE LA VIDA

Artículo 83 a.

1. El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.
Se exceptúan de esta facultad unilateral de resolución los contratos de seguro en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas en los mismos.

2. La facultad unilateral de resolución del contrato deberá ejercitarse por el tomador mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. La referida comunicación deberá expedirse por el tomador del seguro antes de que venza el plazo indicado en el apartado anterior.

3. A partir de la fecha en que se expida la comunicación a que se refiere el apartado anterior cesará la cobertura del riesgo por parte del asegurador y el tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de rescisión.
 

 
O
olvsan
25/02/2012 10:05

Lo de cambiar la nomina cd quieras lo puedes hacer, de hecho en algunos bancos, al menos antes, te daban dinero para q la cambiases. Yo de momento tendré q estar 2 años x la tele o largarme pagando 250 euros o algo así.

Yo tengo un amigo en bbva y me dice q actualmente es difícil q bis mejoren las condiciones.

Entonces montyburns, podemos contratar el seguro de vida y darlo de baja al mes ? Me parece raro q no tenga letra pequeña, lis seguros de salud, x ejemplo, te obligan a estar un año y sólo puedes darte de baja en los dos últimos meses del año.

Yo le dije al director q a cada uno nos decían una cosa y dijo w no, q todos igual.

 
E
enherga
24/02/2012 19:44

y no hay nadie q pueda cnseguir el papel donde diga que estos señores no nos pueden meter el diente de esa forma?? por que en algun sitio pondra q nos cobren ese 1,25 + euribor y ninguna otra cosa mas, no? es q a ellos les lreguntan y te dicen que son sus condiciones y que es lo que hay...

 
MontyBurns
MontyBurns
24/02/2012 15:05

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. El tipo de interés efectivo para los préstamos convenidos a interés variable será igual al último euribor a 12 meses, publicado por el Banco de España en el Boletín Oficial del Estado el mes anterior al de la fecha de formalización, más un diferencial de entre 0,25 y 1,25 puntos básicos.

Lo que yo entiendo es que tanto los seguros de vida, domiciliaciones varias, tarjetas de crédito, debito y demás mierda que nos quieran colar no se incluirá en el contrato de subrogación en un préstamo cualificado que nosotros firmemos con el banco ni en la escritura de la hipoteca, por ser un préstamo cualificado preexistente. Veremos con qué nos sorprenden.
Seguramente nos hagan firmar los seguros, tarjetas y demás inmediatamente antes de firmar las escrituras de compraventa y contrato de subrogación del préstamo. En plan informal. NO tengas duda de que nos quieren tener desinformados y con el acceso a los mínimos documentos para intentar liarnos y que firmemos sabiendo lo mínimo. Pues anda que no hay casos de gente que firma en el notario o en la sucursal documentos y documentos sin tener ni puta idea de lo que está firmando.
En ese caso todo tiene solución, dar de baja las tarjetas inmediatamente, mover la domiciliación a otro banco y esperar un año para rescindir los contratos de seguro de vida o amortización.
*Un secretito con respecto a estos seguritos : El tomador del seguro de vida de duración superior a seis meses tiene la facultad de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.
Debe ser un seguro sobre la vida.
De duración superior a 6 meses.
Debe comunicarse dentro de los 30 días siguientes.

No vamos a tener un tipo de interés bonificado al que se puedan agarrar para represaliarnos si nos quitamos de en medio su productos basura…

El seguro de incedios si que es obligatorio, aunque por supuesto también lo puedes contratar con la asegurador que quieras y cambiarlos cuando cumpla la póliza. (al año generalmente).
 

 
J
JB2012
24/02/2012 14:18

Esto es rídiculo,

a cada uno de nosotros nos dicen una cosa, que gentuza más grande.

Yo ya lo dije, a mi no me obligaron ni a seguro de amortización ni al de vida, simplemente me dijeron que el de vida (porque el de amortización ni me hablaron de él) era OPCIONAL y si muy recomendable...

En fin, que indignante es esto.

Y mientras los bancos siguen llenandose los bolsillos...

 
F
Fernyfrag
24/02/2012 12:05

A mí me obligan a tener la tarjeta de crédito con consumo mínimo de 4.000 €/año, que caso de no cumplir me cobrarían el mantenimiento anual de 32 €. ¿Os ponen a vosotros esta condición en la oficina de Río Alberche? Lo digo porque yo estoy negociando con otra oficina distinta de la "oficial".

¿Sabéis cada cuanto tiempo es revisable la hipoteca por el euribor? ¿A 6 meses o 1 año? Esto tampoco lo sé, PORQUE SIGO SIN TENER LA ESCRITURA DE SUBROGACIÓN. Manda cojones!

¿Sabéis si las cosas a las que nos obligan: domicilio de nóminas, seguros, tarjetas, etc... aparecerá en el contrato de la hipoteca que firmemos? Creo que no, porque no pueden obligarte por ley. A ver Montyburns, tú que pareces experto en leyes, que opinas?, jeje

¿Que ocurriría si yo al año me llevo mi nómina a otro banco? Si no aparece esta condición en el contrato...? ¿Y si los seguros al cabo del año se los quiero dar a un amigo mío corredor de seguros, que me ofrece alguna compañía más competitiva? ¿Lo podría hacer, si realmente no aparece en el contrato que firmemos? ¿Y si decido dar de baja mi tarjeta de crédito?

¿No será por todas estas cosas por las que no nos quieren dar todavía el modelo de contrato que vamos a firmar con el banco para la hipoteca, que a la postre es la misma escritura que GV firmó con Bankia? ¿Porqué nadie tiene esta escritura, cuando tenemos todo el derecho a tener y a saber que es a lo que nos vamos a subrogar?

Mi respuesta creo que es, que primero nos quieren atar, y luego firmar. Porque en la firma no pueden poner estas condiciones que te ligarán al banco de por vida.

¿Por una tele? Mira yo sé que la promoción termina dentro de poco, pero yo no domicilio mi nómina hasta que no me den papeles. Aunque pierda su mierda de tv

 
O
olvsan
23/02/2012 23:28

Yo he hablado hoy con ellos porque he domiciliado y me han dado tv.

Total q me ha dicho (creo q era el director) q tenemos q hacer seguro de vida, de hogar, débito y crédito.

El seguro de vida es obligatorio q sea x 10 años?

 
O
olvsan
21/02/2012 17:22

Pero es que no tenemos todos la hipoteca en la misma sucursa??

yo la tengo en río Alberche, 6, hace tiempo que no paso por allí pero la última vez que lo hice no me dieron condicionies de nada.

 
M
marwaman
21/02/2012 11:54

Yo he ido a la sucursal de Rio Alberche 6, y he hablado con Jose Antonio Serrano, el Director, es él quien me está informando de todo y el que me dijo que el seguro de vida es opcional.

 
F
Fernyfrag
21/02/2012 11:44

Por lo que veo depende de a que sucursal de Bankia vayas, de como sea la directora, para que te diga una cosa u otra.

Por eso agradecería a Marwaman y a Mariast, que ya que a ellos les están dando condiciones menos restrictivas y con más información, nos dijeran a que sucursal estáis llendo.

Gracias

 

 
M
marwaman
21/02/2012 09:30

Buenos días a tod@s!!

En relación a lo del seguro de vida, a mi me dijeron en Bankia que era opcional, no entiendo porqué a cada uno nos dicen una cosa, pero a mi me dijeron y me recalcaron que era conveniente tenerlo pero que era opcional, que yo elegia si contratarlo o no.

Un saludo a tod@s que ya nos queda pokitooo!!

 
F
Fernyfrag
20/02/2012 21:31

Lola y lo de la prima del seguro de vida de golpe, es una opción o te obligan? Lo digo porque a mi me han dado tb un presupuesto para pagaron de golpe, pero nunca me dijeron que fuera obligatorio esta opción. Lo que pasa es que me mosquea, porque no me han dado presupuesto de prima año a año, simplemente me dijeron que nos interesaba mas pagaron todo de golpe, y es el único que me han mandado.

Habrá que indagar.

Mariast: seguimos esperando tu aportación. Muchas gracias

 
jcarlos80
jcarlos80
18/02/2012 10:23

+1 Maria, a mi tambien me interesa saber algo mas de las condiciones... eso demuestra hasta que punto influye el hacer las cosas con una oficina o con otra, porque según comentaste Maria, presentaste los papeles en otra oficina distinta a la del Polígono no??.

Saludoss!!

 
J
JB2012
17/02/2012 18:31

Hola Mariast,

 

como el resto yo tambien estoy interesado en tener por escrito las condiciones, así que me uno para pedirte que si no es mucha molestia Muchasgracias

 
F
Fernyfrag
17/02/2012 14:09

Eso Mariast, intenta hacernos llegar esas condiciones por escrito, porque serán las mismas para todos, y andamos perdidísimos.

Saludos.

 
MontyBurns
MontyBurns
17/02/2012 12:16

mariast, ¿nos podrías detallar qué condiciones te han ofrecido por escrito? Así todos podremos hacernos una idea de lo que nos van a comentar. ¿Cuál es tu sucursal? Gracias por adelantado.

 
M
mariast
17/02/2012 11:58

Hola,

Me parece fatal que Bankia no os haya dado todas las condiciones a estas alturas! no sé en que oficina os lo estaran haciendo pero insistir con este tema. A mi ya me han dado todas las condiciones por escrito, además  hace meses. Prov. fondos,seguro vida, seguro hogar, el tema de las tarjetas, etc.. lo único que no sé es el tema de las ayudas. También les pedí que tuvieran previsto hacerme llegar a mi email un borrador de la futura hipoteca  unos días antes de la firma y no me pusieron ningún problema, es mas lo vieron lógico.

Insistir con este tema en vuestras sucursales porque ellos saben todas las condiciones. Me da a mi que depeden de la buena voluntad de la persona que te atienda. 

 

Saludos

 
J
juanluism
17/02/2012 07:59

Pues siendo así me pasaré algún jueves de estos. ¿Cuando fue cuando te pasaste por la oficina Lola03? Lo digo para no ir todos a preguntar de un día para otro.

 
J
juanluism
16/02/2012 20:27

A mí también me parece muy mal que nos tengan con esta falta de información. Ellos sí que nos pidieron bastantes papeles desde hace mucho tiempo pero a nosotros no nos dicen nada.

¿Sabéis si abren las oficinas de bankia los jueves por la tarde? Esta tarde me iba a pasar, pero en la puerta el horario que ponía era solo de mañana.

Cuando hable con ellos les diré si nos van a pasar oferta vinculante y el borrador de la hipoteca, que cuanto antes lo tengamos mejor.

 
MontyBurns
MontyBurns
16/02/2012 14:15

Me encuentro en la misma situación que tú. No sé nada de nada. Bankia nos ha pedido documentación para parar un tren pero ellos no sueltan prenda… porque la desinformación les interesa y mucho. Cuanto menos sepamos…mejor para ellos. Cuanto menos tiempo tengamos para reaccionar a sus exigencias… mejor para ellos. Me parece una pasada estar a tres o cuatro semanas de firmar las escrituras y no saber nada de mis condiciones de préstamo hipotecario, resolución de ayudas, visado de contratos, provisión de fondos para gastos de compraventa e hipoteca…

 

Fin del hilo
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