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C
cloux
01/10/2008 20:37

ASAMBLEA DIA 4 EUCB

¿Cuál es el objetivo de la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria de la EUC Badagüas?

813 lecturas | 5 respuestas
En relación a la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria de la EUC Badagüas me gustaría aclarar que en dicha convocatoria lo que se pretende es tomar las riendas de dicha EUC por parte de los vecinos y poder iniciar los tramites necesarios para dotar a la Urbanización de los servicios mínimos, inicialmente, suministros eléctricos a viarios públicos, grupos de bombeo de agua potable, depuradora de aguas residuales, etc, y posteriormente estudiar las necesidades de mantenimiento y conservación, como en cualquier otro lugar.

El hecho de que la EUC entre en funcionamiento real no exime a nadie de sus responsabilidades o compromisos adquiridos, pero se puede dar el caso de que en estos momentos no sea capaz de asumirlos, (Martinsa-Fadesa), y tengamos que asumir ciertos gastos, consumos, que en definitiva somos quienes los disfrutamos.

Paralelamente a las reclaciones sobre desperfectos en la urbanización o falta de ejecución, jardinería, que se pueden y deben de seguir reclamando, incluso por parte de la EUC.

Entiendo que es importantísimo el garantizar los servicios mínimos inicialmente y es desde la EUC desde donde se pueden garantizar.
La convocatoria esta perfectamente hecha, y ademas provocada por mas del 25 % de los vecinos de Badagüas dada la situación actual de descontrol en temas tan importantes de la urbanización. La EUCB es el único medio actual que tenemos para la gestión interna de nuestra urbanización, y así se acepto por cada uno de nosotros en la compra y escritura de nuestras viviendas. Su funcionamiento no quita en ningun caso futuras acciones legales y reclamaciones ante cualquier organismo o empresa.
Ya seguiremos dando pasos.
 
A
azkona
01/10/2008 23:16
[Creo sr. cloux que se está haciendo un poco de lio.
Usted dice primero que tenemos que hacernos cargo de dotar a la urbanización de los servicio mínimos, inicialmente, suministros eléctricos a viarios públicos y ahora me contesta que cree (si tan claro está en los estatutos por que no los cita)que el Ayuntamiento " de Jaca solo se hace cargo del pago del consumo eléctrico del vial de acceso a Badagüas.
El resto de consumos eléctricos es por nuestra cuenta
".
Pues va a ser al revés mire porque el artículo 5A de los estatutos dice que, respecto al vial que cita, que "el mantenimiento se limitará al alumbrado público, reposición de luminarias y la vigilancia de su correcto funcionamiento".
E artículo 5B dice respecto al ALUMBRADO PÚBLICO (ese que define usted como resto de consumo electrico), " Conservación a cargo de la Entidad, comprendiendo el mantenimiento y rparación de las instaclaciones y la vigilancia de su correcto funcioamiento excluyendo el pago del consumo de electricidad ". Una confusión la tiene cualquiera, pues justo al revés de lo que dice usted.
Las obligaciones son del vial en cuanto a su alumbrado la resposición de luminarias y del consumo de electriciad exentos (y fuera del vial, ni siquiera las luminarias corresponde a la Entidad).
Luego me achaca a mí que no me he leido los Estatutos. Impresionante.
Le juro que por más que miro en los Estatutos de la Entidad, solo encuentro que (artículo 5.2) " quedan excluidos del marco de las obligaciones de la Entidad los restantes servicios públicos municipales (vigliancia y ordenación del tráfico, RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, urbanismo, etc.)... ". No he encontrado por ningun sitio que la Entidad deba pagar por dichos servcios y luego repercutirlos a los miembros de la Entidad. ¿Me pued usted ilustrar e indicarme en que parte de los Estatutos está recogido su afimación de que " El servicio de basuras lo tiene que suministrar el Ayto de Jaca y repercutir su coste a la EUC quien a su vez pasa dicho coste porcentualmente a cada vecino "?. Desde luego en los artículos 40 y siguientes de los Estatutos no se contempla lo que usted dice.
¿Es que usted tiene otros Estatutos o solo quiere confundir al personal?
 
C
cloux
01/10/2008 22:39
Creo Sr Azkona que el ayto de Jaca solo se hace cargo del pago del consumo eléctrico del vial de acceso a Badagüas.
El resto de consumos eléctricos es por nuestra cuenta.

Tanto en cuanto no se reciba definitivamente la urbanización por parte del Ayto. de Jaca, Fadesa esta obligada a asumir los consumos, yo he puntualizado que dada su situación tendremos que asumirlos nosotros y reclamarlos.

El servicio de basuras lo tiene que suministrar el Ayto de Jaca y repercutir su coste a la EUC quien a su vez pasa dicho coste porcentualmente a cada vecino. Igual que el agua.
 
A
azkona
01/10/2008 22:31
Sr. cloux me he leido muchas veces los Estatutos y conozco perfectamente las obligaciones que tiene la Entidad, usted no parece haberselas leido ya que ha escrito que la Entidad debe asumir gastos dotacionales como de suministro electrico a viales. Usted lo ha escrito no yo, cuando se está exento de este gasto expresamente:artículo 5. B de los Estatutos. No de ya de la dotación, sino del servicio.

Perdone pero si ha dicho que tenemos que asumir ciertos gastos así transcribo literalmente" ...pero se puede dar el caso de que en estos momentos no sea capaz de asumirlos, (Martinsa-Fadesa), y tengamos que asumir ciertos gastos, consumos, que en definitiva somos quienes los disfrutamos ".

En los servicios imprescindibles, ¿también entran las basuras?

 
C
cloux
01/10/2008 22:15
Sr. Azkona las obligaciones de la EUCB viene perfectamente definidas en sus estatutos, estatutos que todos aceptamos en su momento. Leaselos detenidamente, por favor.
No digo que tenga en estos momentos la obligación de asumir ciertos gastos, consumos, mantenimientos, pero dada la situación de Fadesa entiendo que en nuestro beneficio tenemos que empezar a hacernos cargo, sin renunciar a reclamaciones futuras.
Solo hago referencia a los servicios imprescindibles.
 
A
azkona
01/10/2008 21:49
Me gustaría aclararle a cloux que la dotación de servicios no correspondea a la Entidad de CONSERVACIÓN, la dotación pertenece originariamente al Ayuntamiento, que lo ha repercutido en el Promotor.

La Entidad está para conservar no para dotar y se debe hacer cargo de los servicios que por ley le correspondan, no los que quiera asumir (supongo que es consciente que asumir servicios que no le corresponden a la Entidad no obliga a sus miembros, como el suministro electrico que usted cita, con lo que ya tenemos cisco montado). Unos pagaran y otros no.

Cierto que el funcionamiento de la Entidad no exime a nadie de sus obligaciones, pero tan cierto como que el funcionamiento de la Entidad no obliga a ésta a asumir las obligaciones y compromisos de los demás, menos aún a sus miembros (ni por acuerdo de la Entidad)

Supongo que cloux tendrá a bien explicarnos entre que vecinos se sometió a votación (no conozco que se convocara a los propietarios a ninguna reunión para votar sobre la posibilidad de convocar una Asamblea de la EUCB)y cual fue el resultado de dicha votación.

Supongo que también podrá aportar copia del escrito de los propietarios, con sus nombres y apellidos y % de cada uno de los propietarios que lo pidieron en la EUC.

Supongo que lo de asumir ciertos gastos, serán los que por el plan parcial y los estatutos está obligada a sumir la EUCB y el Ayuntamiento los suyos (que también se los presta MartinsaFadesa) o ¿todos los servicios los debe asumir la EUCB?

La aplicación de la ley y los Estatutos es solo cuando nos conviene o hay que hacerlo siempre? Porque entonces hasta que no ser realice la recepción total de las obras la EUCB no tiene obligación de asumir ningún servicio (habrá que preguntar al Ayuntamiento porque la EUCB SÍ tiene que asumir los servicios y ellos NO).

No es tan simple como lo plantea usted. En cualquier caso ¿porqué no esperar al informe del Letrado contratado por todas las comunidades?
Atentamente
 

Fin del hilo
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