El documento del acuerdo de la Junta de Gobierno del Aymto. de Jaca, de fecha 26/05/2010, aceptando la recepción de la obra de nuestra urbanización, cita en su comienzo los antecedentes que hacen al caso. La copia literal y exacta del antecedente 2 es la siguiente:
“Asimismo, en el mencionado acuerdo de fecha 5de mayo de 2004 se aprobó el programa de recepción de las obras de urbanización presentado por FADESA INMOBILIARIA, S.A., debiendo, previamente a cada fase, extenderse informe por parte de los Servicios Técnicos Municipales y acta de recepción, produciéndose en unidad de acto la recepción por el Ayuntamiento y la entrega a la Entidad Urbanística de Conservación para su mantenimiento.”
Es decir, que en un mismo acto debían comparecer la constructora, Martinsa Fadesa, el Aymto. y la EUC, mediante sus representantes, personas físicas con nombre y apellido, con los informes de los Servicios Técnicos Municipales y acta de recepción por delante, acta de recepción que, se supone, debía indicar el destino de los avales.
Está claro que esto no se ha realizado.
O sea, no ha habido recepción formal de la obra.
Por otro lado, el anejo Nº 1 del Plan Parcial Badaguás I (es decir, el marco legal en el que se desarrolla nuestra urbanización) se refiere al cumplimiento del artículo 64 del Reglamento de Planeamiento, y el punto 4.2 de Compromisos del Promotor, apartado b, señala que los gastos de conservación de la urbanización correrá a cargo de la Comunidad de Propietarios –que deberá constituirse en EUC- un año después de la finalización de las obras.
En resumen: Considerar la obra debidamente recepcionada y que los gastos de conservación son ya a cargo de los propietarios, tiene vías de aguas legales por todos lados. Las preguntas son: ¿Por qué el Consejo Rector la da por recibida en estas condiciones de precariedad legal? ¿Por qué tanta prisa en descargar a Martinsa Fadesa de las obligaciones de pago y cargarlas a los propietarios? ¿Para qué tenemos un abogado asesor que nos cuesta 9.000 € al año (y que en la asamblea del día 23 se propone aumentar a 12.000 €)?
Y ya que hablamos de esa asamblea, el punto 2 del orden del día habla de morosos, cuando, con rigor jurídico, el único moroso es Martinsa Fadesa que, dicho sea de paso, ya no está en situación concursal.