Soy Rafael, vocal del portal 24 (III de antes). El funcionamiento de la junta de gobierno viene descrito en la ley de propiedad horizontal (LPH de ahora en adelante)... Soy ingeniero, no he hecho derecho pero me he leído la citada ley... de la que puedo dar copia a quien lo requiera.
Trataré de respnder a la pregunta de cómo se supone que funciona la junta de gobierno.
Para empezar, la LPH sólo define cuatro cargos:
Presidente- > Representación legal de la comunidad (quien firma los contratos y cosas de esas)
Vicepresidente- > El que sustituye al presi si este no está.
Administrador- > El que vela por el correcto funcionamiento de la comunidad (cuentas, incidencias...).
Secretario- > El que tiene que notificar las reuniones y custodiar la documentación de la comunidad.
En caso de no haber administrador o secretario son cargos que se endilgan al presidente.
El resto de la junta de gobierno para la LPH no tenemos más existencia que la que nos den nuestros estatutos de comunidad (hoy por hoy... no existimos... habría que desarrollar el estatuto para que existiésemos... como los vascos, je, je).
Las decisiones de la comunidad han de ser tomadas en la junta de vecinos (cada vecino un voto). A no ser que se decida en junta delegar la decisión en alguien.
¿Quién puede convocar una junta de vecinos (extraordinaria)?
- La presidenta
- Un 25% de los vecinos
Tras las juntas de vecinos se expide el acta de la junta, la cual se puede impugnar en los 30 días siguientes.
La junta de vecinos tiene un orden del día, el orden del día lo pone la presidenta y/o los vecinos que la hayan convocado.
El acta de la primera reunión de vecinos decía que la junta de gobierno decidiese el nuevo administrador y que se hiciese de forma que pudiésemos convocar junta de vecinos antes de fin de mes (aunque creo que sería impugnable el acta... espero que nadie lo haga).
Si nos reunimos la junta de gobierno no tenemos por qué anunciarlo al resto de vecinos... es como si os reunís los no pertenecientes a la junta de gobierno... es decir, no es vinculante para nada.
Por otra parte, considero de sentido común que os tengamos informados de lo que hablemos... yo al menos trato de hacerlo... de momento sin mucho éxito porque desconocía este foro y porque lo de dejar mensajes en los buzones se ha demostrado ser un poco ineficiente.
Yo voy a convocar este jueves a mis vecinos para hacer la información un poco más fluída. Hoy nos vamos a reunir con el administrador y comunicaré todo lo que pueda de la junta de vecinos que se va a convocar.
Por cierto. Creo que es impugnable cualquier decisión tomada en una junta de vecinos si no venía en el orden del día (aunque sólo pueden impugnar las decisiones los no asistentes)... por eso creo que deberíais poneros en contacto con los vocales de vuestros portales para sugerir puntos del orden del día (o con la presidenta, si no confiáis en nosotros, o con un 25% de los vecinos).