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J
juanmp5
27/07/2007 23:41

Retraso entrega Pisos Benagolf, Benagalbón, Málaga

¿Cómo reclamar los perjuicios económicos por el retraso en la entrega de un piso en Benagolf, Benagalbón Pueblo, Málaga?

2.976 lecturas | 3 respuestas
Hola. Compre hace 3 años un piso en la urbanizacion Benagolf, en Benagalbón Pueblo, Málaga, siendo la promotora Java 80 y Jarfo Golf, S.L. Tenía como fecha prevista de entrega Junio 2006, y a fecha de hoy, casi Agosto de 2007 aun no los han entregado. Me veo muy perjudicado, pues en Noviembre de 2006 tuve que irme de alquiler, con el gasto que ello supone. Mi idea es reclamar a la promotora los perjuicios economicos por dicho retraso ; quisiera contactar con más propietarios de dicha promoción, que deseen también denunciar, para así hacer mas fuerza y presión a la promotora. Mi e-mail es: juanmp15@hotmail.com y mi teléfono 605532611. Muchas gracias.
 
vazquezabogados
vazquezabogados
22/06/2010 13:14

En caso de retraso en la entrega vivienda, se puede optar por exigir indemnizacion daños y perjuicios incluido el alquiler y cualquier otro que se acredite, o se puede optar por la resolución del contrato y devolución de cantidades, lo que esta haciendo muchos afectados ante los graves retrasos en las entregas de vivienda, actual crisis y depreciación del valor de las viviendas.

A titulo de ejemplo os incluimos una sentencia, siendo aconsejable consultar siempre con un abogado especializado en derecho inmobiliario y consumidores. Saludos

        "Partiendo de los hechos expuestos debe llegarse a la misma conclusión que hace la sentencia apelada en orden a entender que existió el incumplimiento previsto por las partes en el contrato, al haberse producido un retraso en la entrega de la vivienda superior a los seis meses previstos por las partes, por causa imputable a la vendedora, sin que pueda estimarse como se alega por la parte apelante que dicha demora es imputable de forma exclusiva en el retraso en la entrega de la licencia de obras por parte del Ayuntamiento, en la medida que las partes ya preveían una prorroga de seis meses atendiendo entre otras a esas circunstancias, por lo que al ser imputable el retraso en la entrega de la vivienda al vendedor, en cumplimiento de lo establecido por las partes y en base al artículo 1.152 del Código Civil EDL 1889/1 debe proceder al pago de la cantidad pactada por las partes en concepto de cláusula penal.

Esta sentencia califica un retraso de más de seis meses en la entrega de la vivienda sobre la fecha prevista como un incumplimiento por la vendedora".
 

 
J
juanmp5
30/07/2007 17:02
- Muchas gracias Jesús por tu respuesta, me ha sido de gran ayuda. Verás, en el contrato viene especificado en una de las claúsulas como fecha de entrega "aproximada" Junio de 2006, "salvo causas de fuerza mayor". Dentro de la poca información que me da la promotora, me dicen que el último retraso, ya solucionado, fue originado por la rampa del parking, que no cumplía la normativa del ayto, aunque lo cierto es que desde enero o febrero de 2007 me decían que la entrega era inminente, y ya ves por donde vamos. Que yo sepa, lo único que falta es la concesión de la licencia de 1ª ocupación, que ya está solicitada, aunque me han mentido ya tantas veces en muchas cosas que no sé que decir ya. Solicité un informe de tasación hace 10 días y en él se me dice que la vivienda esta terminada, a falta solo de la licencia de 1ª ocupación. Tengo guardados todos los recibos de alquiler que he pagado desde Noviembre de 2006, hablé con el abogado de mi sindicato hace dos mese y me dijo que sí que había posibilidades de reclamar daños y perjuicios, pero que he de hacerlo una vez me entreguen la vivienda, así que a la espera sigo, sin saber a día de hoy la fecha exacta de entrega de la casa.
- Me reitero en darte las gracias sobre tus consejos, te agradecería que me orientases todo lo que puedas en este problema. Muchas gracias y unn saludo.
 
Jurista
Jurista
30/07/2007 14:06
la mora en la entrega de tu vivienda es del todo alarmante despues de lo incluido en tu mensaje. Habría que enterarse de las circuntancias en las que se encuentra dicha promoción de viviendas, si han pedido o no la preceptiva licencia de primera ocupación, en caso de que la hayan pedido y se haya denegado habrá que obtener el motivo o motivos de incumplimiento de requisitos,etc.

Una vez obtenida información y con la documentación que obre en tu poder será el momento de optar por una u otra vía en defensa de tus intereses...(la indemnización va implicita...por lo que te aconsejo que guardes todos los justificantes de pago: ALQUILERES, GUARDAMUEBLES,MUDANZAS,ETC).

CONSEJO: acude a un especialista que te asesore, sabrá defender tus derechos e intereses.

Un saludo a todos.

D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
www.alaudaabogados.com
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