Yo creo que esos limites no son de aplicación al 1% del que hablamos.
La modificación del borrador, no la he mirado....pero en el programa PADRE, se aplica en las deducciones autonómicas, casilla 906 "inversion en la vivienda habitual de nueva construcción" y os copio los requisitos para aplicarlo, extraídos del manual de la renta 2009:
9. Deducción por inversión en vivienda habitual de nueva construcción. (1)
Los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Im¬puesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de mo¬dificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, podrán aplicar una deducción adicional del 1 por 100 de acuerdo con los siguientes requisitos:
1.1 La vivienda adquirida debe ser de nueva construc¬ción. Se entenderá que se trata de una vivienda de nue¬va construcción cuando dé lugar a una primera entrega tal y como se define en el artículo 20.Uno.22 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2.1 No se aplicará esta deducción por:
a) Las obras de rehabilitación de la vivienda propia ni por las obras e instalaciones de adecuación en la misma.
b) Cantidades depositadas en las cuentas vivienda a que se refiere el artículo 56 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
3.1 La base de esta deducción y sus límites serán los mismos que los de la deducción por inversión en vi¬vienda habitual regulada en el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio.
4.1 En lo no previsto en los puntos anteriores se apli¬cará la normativa regulada en el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2008.