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A
agalopez
06/11/2013 11:57

Impuesto Actos Jurídicos Documentados

¿Es necesario pagar el IAJD para cancelar una hipoteca?

12.667 lecturas | 58 respuestas

Buenos días vecinos,

en varios foros se habla del IAJD y que nos va a tocar pagar si queremos no subrogarnos con Bankia... alguien ha dicho que no lo tiene muy claro, y efectivamente... en varios sitios he comprobado que para la cancelación de hipotecas no es necesario pagarlo... sí es necesario solicitar el certificado, pero sin pagar nada...

 

Os cuelgo el link del BOE y os explico un poco los artículos donde habla de las exenciones, a ver si así nos queda algo claro... ya que yo estoy bastante confusa:

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-25359 


En el artículo 45, donde se recogen las exenciones de de la Ley de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en el apartado 18, pone:


18. Las primeras copias de escrituras notariales que documenten la cancelación de hipotecas de cualquier clase, en cuanto al gravamen gradual de la modalidad "Actos Jurídicos Documentados" que grava los documentos notariales.


Además, en el apartado 12, del mismo artículo sobre exenciones pone:


12.a) La transmisión de terrenos y solares y la cesión del derecho de superficie para la construcción de edificios en régimen de viviendas de protección oficial. Los préstamos hipotecarios solicitados para la adquisición de aquellos, en cuanto al gravamen de actos jurídicos documentados.

b) Las escrituras públicas otorgadas para formalizar actos o contratos relacionados con la construcción de edificios en régimen de «viviendas de protección oficial», siempre que se hubiera solicitado dicho régimen a la Administración competente en dicha materia.

c) Las escrituras públicas otorgadas para formalizar la primera transmisión de viviendas de protección oficial, una vez obtenida la calificación definitiva.

d) La constitución de préstamos hipotecarios para la adquisición exclusiva de viviendas de protección oficial y sus anejos inseparables, con el límite máximo del precio de la citada vivienda, y siempre que este último no exceda de los precios máximos establecidos para las referidas viviendas de protección oficial.

e) La constitución de sociedades y la ampliación de capital, cuando tengan por exclusivo objeto la promoción o construcción de edificios en régimen de protección oficial.

 

Yo creo que nos podemos librar tanto por cancelación de hipoteca como por ser vivienda de protección oficial....

 

Un saludo.

Angélica.

 
M
Morenoman
17/02/2014 16:06

A mi tampoco me han pasado la liquidación pero me creo lo que dices de que  van a tardar un montón en devolverlo

 
A
aleivah
16/02/2014 15:31

Ing aún no me ha pasado la liquidación, así que no te puedo decir. Yo lo reclamaré.

 
C
carpdiem1980
14/02/2014 11:26

aleivah dijo:

Buenas,

carpdiem1980, yo con ING, he pagado el IAJD, pero ya estoy esperando a que pasen la liquidación de los fondos para hacer la reclamación a hacienda.

Lo hablé con el notario el día de la firma, y me dijo que el me recomendaba hacerlo así. 

 

 

Hola, los que habéis pagado el IAJD, habéis recibido el modelo 601 (liquidación de actos jurídicos). Estoy viendo por foros (del ensanche sur) que a la gente que ha solicitado reclamación, les han devuelto la pasta correspondiente 2 años después. Me parece una pasada. Yo no sé si tramitarlo con un asesor fiscal, porque para pedir la devolución del IAJD me da que va a ser un tanto complicado...

Alguien en situación similar?

 
R
Rosagalle
13/01/2014 15:39

O sea , que hay que pagarlo , luego veremos si hacienda lo devuelve o no

 
A
aleivah
09/01/2014 14:13

Buenas,

carpdiem1980, yo con ING, he pagado el IAJD, pero ya estoy esperando a que pasen la liquidación de los fondos para hacer la reclamación a hacienda.

Lo hablé con el notario el día de la firma, y me dijo que el me recomendaba hacerlo así. 

 
M
miguel_77
09/01/2014 11:26

Yo todavía no he formalizado la hipoteca por lo de la paralización de la primera ejecución....

 
C
carpdiem1980
09/01/2014 11:13

Buenos días,

Al final qué habéis hecho con este tema? Habéis pagado el IAJD los de la Kutxa?

Nosotros aprovisionamos la pasta porque nos lo exigía la gestora del banco ING, pero en la escritura notarial ponía que la vivienda está exenta de este IAJD. Así lo entiende el notario.

Entonces, después de hacer tanto ruido con la gestora, puedo pedirles que no paguen el impuesto firmando un documento enviado desde su departamento legal exonerando de responsabilidad a la gestora en caso de que hacienda entendiese que sí que hay que pagarlo.

Al final el IAJD aprovisionado era el 1% de la garantía hipotecaria, que para ING es de 155% del valor del inmueble, vamos, una pasta.

Alguien lo ha pagado?????

 
M
miguel_77
12/12/2013 12:29

Yo creo que sí, porque además de lo que me dijo la chica de la Comunidad, los de Arjusa me dijeron que el día de la entrega de llaves cuando les diese el cheque de la cantidad que me falta por pagar, ellos entregarían a mi banco un certificado de cancelación del préstamo con Bankia. Un saludo.

 
C
Carlostor
12/12/2013 12:18

Gracias Miguel por compartir la información . Siento discrepar  pero lo de la cancelación no lo tengo yo muy claro . A ver si los que van firmando nos cuentan como les ha ido

 
M
miguel_77
12/12/2013 11:52

Hola, yo creo que por fin tengo la respuesta a esto, después de llamar a Arjusa 80 veces y que me diesen respuestas totalmente diferentes según el día. La he conseguido hablando con una chica muy maja y que parecía conocer perfectamente el asunto en el teléfono 901505060 de la comunidad de madrid (no hay otro que no sea gratis) tras escoger la opción uno del menú y varios minutos de espera, me ha comentado que nuestras viviendas están exentas si te subrogas al préstamo del promotor o tras subrogarte cambias de banco, aquí también estaría. No, si constituyes una hipoteca con el nuevo banco, aquí habría que pagar un 1% (salvo que la Comunidad lo baje finalmente al 0,75%, algo que tienen que publicar entre el 20 y el 30 de Diciembre, y nos beneficiaría siempre que firmásemos a partir del 1 de Enero, que es cuando entraría en vigor la ley claro está). Pero lo que también está exento y también me costo dios y ayuda saber con certeza es la cancelación del préstamo con el banco prestatario, ¿recordáis aquello de pagar un 0,5%? pues nada de nada. Bueno espero haberos servido de ayuda, un saludo y ánimo a todos, vecinos.

 
M
Morenoman
10/12/2013 10:53

Los que hayan ido a firmar que nos cuenten un poco las dudas estas que tenemos , que al final yo ya no se si hay que pagar el AJD o no. Gracias

 
D
DYC2013
09/12/2013 23:50

Buenas a todos,

"AJD "Compra"

Esta exento en "Compra-Venta" por ser VPPB y ser ya propietarios (Queda pendiente entrega de llaves).

"AJD Préstamo"

Está exento si se realiza subrogación con Bankia, pero y si se constituye una Hipoteca nueva con otra entidad???? Esto es lo que quedaría que nos confirmasen aquellos que ya han ido firmando hipoteca nueva.

Gracias a todos

 

 

 
H
Helen80
15/11/2013 15:43

Pues a mi no me lo había dicho nadie , yo no lo sabía, pensé que teníamos que pagarlo. Gracias por la info

 
A
agalopez
15/11/2013 11:35

pero con Bankia? que eso ya lo sabíamos, o con cualquier otro banco con el que queramos hacer hipoteca? esa es la diferencia...

 
C
Carlostor
15/11/2013 11:11

Si , ami también me han dicho que estamos exentos 

 
B
Benimaria
15/11/2013 10:19

Hoy en Bankia me han dicho que estamos exentos del iajd.

 
M
manurodi
14/11/2013 13:37

dbm77 dijo:

Buenas, vecinos.

Simplemente comentaros que la semana pasada envié un email a la persona de contacto que está llevando mi estudio en Kutxa y aproveché para preguntarle sobre si había que pagar IAJD en la hipoteca o no, y me ha confirmado hoy que tras consultarlo con la gestoría, afirman que nuestros pisos están exentos de IAJD tanto en hipoteca como en compra / venta.

Por otro lado yo creo que si Arjusa no está informando es sencillamente porque no tienen datos, y es algo que han hecho habitualmente. Sólo se ponen en contacto o informan cuando tienen datos concretos. Por lo que sé, creo que todavía no se han concedido nuestras licencias de primera ocupación, que ya van con algo de retraso. Una vez se concedan seguro que se van poniendo ya en contacto para ir ultimando la entrega.

Animo y paciencia. Esperemos resolver en diciembre a más tardar.

Un saludo,

David.

 

 

Hola a todos, soy Manu.

Entro ahora y quiero daros las gracias por toda la info que vais colgando, lo veo genial.

 

Y decirte dbm77 que estoy completamente de acuerdo contigo.

 

Un saludo a todos.

 
E
edm22
13/11/2013 21:07

Pues por hablar, ya nos han escrito los de Arjusa. Se mantienen las fechas. Que cerquita estamos, jeje

 
C
Cibeless
13/11/2013 19:23

Pues no entiendo lo del IAJD, según la web de la CAM y el teléfono es otra cosa, pero se lo diré a ING a ver si "cuela".

Acaban de escribir de Arjusa, con lo que ya sabíamos, pendientes de las licencias, pero al menos se agradece que vayan informando.

Saludos

 
D
dbm77
13/11/2013 18:42

Buenas, vecinos.

Simplemente comentaros que la semana pasada envié un email a la persona de contacto que está llevando mi estudio en Kutxa y aproveché para preguntarle sobre si había que pagar IAJD en la hipoteca o no, y me ha confirmado hoy que tras consultarlo con la gestoría, afirman que nuestros pisos están exentos de IAJD tanto en hipoteca como en compra / venta.

Por otro lado yo creo que si Arjusa no está informando es sencillamente porque no tienen datos, y es algo que han hecho habitualmente. Sólo se ponen en contacto o informan cuando tienen datos concretos. Por lo que sé, creo que todavía no se han concedido nuestras licencias de primera ocupación, que ya van con algo de retraso. Una vez se concedan seguro que se van poniendo ya en contacto para ir ultimando la entrega.

Animo y paciencia. Esperemos resolver en diciembre a más tardar.

Un saludo,

David.

 
B
Benimaria
13/11/2013 18:24

Arjusa nos tiene abandonados,no informa,no llama, no da plazos,etc, un amigo me ha preguntado por arjusa para un piso de arroyo fresno..y evidentemente le he dicho que ni se le ocurra.

 
C
Cibeless
13/11/2013 10:53

Es verdad, edm22, no había pensado en eso, pero es cierto que debemos aportar algo antes de fin de año...

Por otro lado, ¿alguien sabe algo de Arjusa? ¿qué pasa con las licencias? Nadie nos informa de nada, no sé cómo va nada, si es que va...

 
E
edm22
12/11/2013 22:10

Hola Cibeles,

Así es. Es un equilibrio que hay que estudiar.

Hay que añadir la fiscalidad. Si nos entregasen antes de fin de año, tendriamso que pagar el IVA que falta, por lo cual ya llegariamos a la máxima deduducción fiscal del IRPF en el año 2013. Si se retrasa a 2014, y quiesemos desgravarnos en el año 2013 en el IRPF por adquisición de vivienda, tendríamos que hablar con Arjusa para hacer una aportación antes de fin del año 2013.

 
C
Cibeless
12/11/2013 11:12

Hola edm22,

pues yo sí creo que hay que andarse con cuidado con los intereses de demora, es decir, si pudiésemos retrasar a enero la entrega porque nos interesa con la bajada de impuestos, entoces los tendriamos que asumir (y hacer cuentas y ver si no son mayores que lo que ahorraríamos) pero sino, no, todos estos retrasos son ajenos a nuestra voluntad, y la verdad, viendo cómo están gestionando todo lo relacionado con la hipoteca, yo no me fío.

Saludos

 
E
edm22
11/11/2013 21:36

Cibeles, yo no me referia a que nos fuesen a pasar una factura nadie. Simplemente digo que los intereses del credito promotor los pafa la comunidad de bienes. Si la comunidas de bienes tiene algun fondo a la entrega de los pisos eso dinero deberia quedar para la comunidad de propietarios...

 
C
Cibeless
10/11/2013 23:10

Hola edm22,

hasta donde yo sé, los intereses que esté generando el crédito promotor no nos los pueden repercutir, pues no nos han entregado los pisos, no estamos nosotros generando ningún retraso que justifique que tengamos que pagarle intereses a Arjusa, y si Arjusa me los pide, consultaré con un abogado, pq me parece ya de coña.

Si alguien sabe algo más, por favor, que lo diga.

Saludos,

 
stussy007
stussy007
10/11/2013 12:10

yo pensaba q estaba muy claro ya este tema...si no lo haces con bankia 0.2% de iajd, confirmado con Cam y por Arjusa, pero ahora por lo que poneis por aquí ya flipo vamos...

 
Stromberg
Stromberg
09/11/2013 01:49

Como comenté en otro momento, os podéis subrogar a Bankia y después os cambiáis de banco... Así os ahorráis la cancelación y el iajd. Posiblemente os mejoren aún las condiciones que os han dado ahora o incluso Bankia haga una contraoferta. Si además vivís de alquiler la subrogación os la darán antes que una hipoteca en otro banco, y entre cancelación, tasador... Etc os puede suponer un mes más de alquiler y en mi caso un mes más de alquiler son casi 1000 euros más a sumar...

 
E
edm22
08/11/2013 22:55

Cibeles, creo que lo mejor es que hables con el banco con el que pretendes hacer la hipoteca para que te digan. Ten en cuenta que como van a pasar todos los papeles a su gestoría, si la gestoría piensa que tienes que pagar el IAJD, lo van a pagar aunque piensen que no.

Por mi no hay problema en que nos retrasen la entrega. Pero también ten en cuenta que el crédito promotor e Bankia está generando intereses a la comunidad de bienes hasta que no se cancele o subrrogue. De IAJD (suponiendo que haya que pagarlo) sería un ahorro del 0,25%, que podrían ser unos 500-550 euros. Supon que tu parte de hipoteca es de 140.000 euros en el credito promotor, al 3,05% anual durante 1,5 meses, son unos 535 euros de intereses, con lo cual lo que se gana por un lado se pierde en intereses...

Son todo impuestos e intereses...

Por cierto, el que lo quiera vender el piso ahora o transpasar su participación que no se olvide que va a tener que pagar el impuesto de plusvalías, que serán unos 300 euros :(

 
C
Cibeless
08/11/2013 14:03

Hola Mileton,

no les puedo llamar, ya les dije que no haría la hipoteca con ellos, así que ahora no me atenderán, ¿podrías decirle que te expliquen porqué dicen que no pagamos? Es decir, ésto es un impuesto, se le paga a la CAM, es la CAM la que nos va a informar correctamente, no el banco, al menos eso entiendo yo.

 
A
aleivah
08/11/2013 13:45

A mi en Kutxa me dijeron que no lo teniamos que pagar, pero mi tio ha llamado al 010 y le han dicho que pagamos el 0.5 si no recuerdo mal.

 
C
Cibeless
08/11/2013 13:34

No tengo claro si éste IAJD también va a bajar, según me han dicho en la CAM son dos distintos y por eso tienen distintas cargas impositivas y sobre distintos conceptos. No lo tengo nada claro, la verdad.

Estoy más que indignada con la cantidad de pasta que estoy pagando en impuestos, de confirmarse lo del IAJD sería una buena ayuda no tener las casas hasta enero ¿sabeís si podemos proponerselo a Arjusa?

Qué quemada estoy...

 
A
agalopez
08/11/2013 13:18

Hola Cibeless,

si es necesario votar para que nos den las casas en Enero cuenta conmigo.... ya no solo por el IAJD, sino porque va a bajar el euribor debido a la bajada del tipo de interés de ayer del BCE... y que en Enero podremos contar con las extraordinarias ( si es que éste año no me la quitan como el pasado..)

por mí perfecto... incluso vete a saber, sin decirles nada no nos las dan hasta Enero, visto lo visto... wink

 
C
Cibeless
08/11/2013 12:52

Hola agalopez,

he vuelto a llamar (ya van 4 veces) y ahora me han dicho otra cosa, es decir, me han dicho lo que dices tú, cada día me dicen una cosa distinta y siempre parecen muy seguras de lo que te están diciendo... curioso porque yo siempre cuento la misma historia.

Bien, dependiendo del dinero que pidamos, los gastos y los intereses, podemos pagar el 0,4% el 0.5% o el 1%.

Llegados a este punto, ¿no sería mejor que nos diesen las casas en enero para ahorrarnos ésto? es decir, ¿podemos decirle a Arjusa que no las entregue hasta enero? Total a las fechas que estamos ya, lo mismo nos da.

Saludos

 
A
agalopez
08/11/2013 12:30

Cibeless,

buscando y buscando he encontrado ésto... creo que es un 1% tal y como se comenta... y aquí creo que ya no hay excepción para VPO, VPPB ni nada... es para la constitución de hipoteca, no compraventa...

 

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Pregunta_FA&cid=1142342642632&language=es&oid=1142342519979&pageid=1142342770732&pagename=Contribuyente%2FCONT_Pregunta_FA%2FCONT_pregunta

 
C
Cibeless
08/11/2013 12:05

Hola Ervagco,

insisto, según la CAM, siempre que llamo me dicen lo mismo, cada vez que haces un acto jurídico pagas, en nuestro caso es nada si te quedas con Bankia y uno para el que nos vamos, el de constitución de hipoteca. En este caso, pagaremos un 0.2% porque es un piso de VPPB de menos de 90 m2.

Siempre que llamo me cuentan lo mismo, ya me van a coger manía...

 
Ervagco
Ervagco
08/11/2013 11:37

No  os comáis más el coco. La cosa es que el que se queda en Bankia no paga NADA de IAJD. 

El que se cambia a otro banco no tiene que pagar el IAJD de compraventa (puesto que no existe compraventa al estar la casa a nuestro nombre y además ser VPPB) pero sí tiene que pagar el IAJD de constitución de la nueva hipoteca que suele ser aproximadamente un 1% sobre la responsabilidad hipotecaria (que viene a ser más o menos un 150% del dinero que pides de hipoteca).

La duda se crea porque hay dos IAJD diferentes, de uno estamos exentos (compraventa) y del otro no (constitución de nueva hipoteca).

 

 

 

 
C
Cibeless
07/11/2013 22:42

No si de lo del IVA al 4% ya me había olvidado, pero me había dejado llevar por la ilusión... ¡qué triste es ser pobre!

En cuanto al IAJD, a mi me parece claro que o pagamos el 0 o el 0.2% pero lo del 1% sigo sin verlo, me lo han dicho dos veces en la CAM, es el impuesto que tenemos que pagar por irnos a otro banco, también me parece interpretar lo mismo del enlace que ha posteado famp...

En cualquier caso, si mañana tengo tiempo, les vuelvo a llamar y les vuelvo a contar la pelicula.

 
E
edm22
07/11/2013 22:29

Cibeles, lo nuestra es VPPB. Existen vivienda de menor precio, las VPO, (creo que son por ejemplo las del IVIMA). Esas son las que siguen con el IVA al 4%. Para poder acceder a ellas la renta tiene que ser muy baja.

La calificación definitiva no se puede cambiar. Seguiremos siendo VPPB. Así que del IVA al 4% olvidate ... :)

Lo que está claro es que subrrogándose con Bankia el IAJD de la hipoteca es 0. Yo creo que subrrogándose con otra entidad puede que sea 0 también, pero no lo tengo claro.

 

Fin del hilo
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