Hola a todos, lo que dice cintalomo tiene cierto sentido, aunque no lo tengo nada claro. En estos temas soy un ignorante pero leyendo este post se me presentan algunas dudas. Veamos:
Se supone que para construir nuestras viviendas se tuvieron que presentar unos planos al ayuntamiento y estos ser aprobados. En estos planos vienen claramente los garajes que por otra parte digo yo, están escriturados. Entonces, ¿no se supone que al hacernos unos garajes y estar aprobados no deberíamos tener paso de servidumbre a ellos? Si esto es así, no se podría aparcar delante de ellos ¿no? así que, con vado o sin él no deberían permitir aparcar ¿no?
Por favor, que alguien tenga la amabilidad de aclarar todo esto, please.
saludos