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WilliamR
WilliamR
06/10/2009 16:05

Podemos crear un comunidad?

¿Podemos comprar la carretera al promotor para mantenerla en buenas condiciones en nuestra urbanización de doce viviendas unifamiliares?

2.168 lecturas | 4 respuestas
Hola,

Somos una pequeña urbanización de doce viviendas unifamiliares sin áreas o servicios comunes pero con acceso común a un camino privado.

El promotor, que todavía vive en la urbanización, ha vendido cada uno de nosotros nuestras propias casas, pero sigue siendo propietario de la carretera en frente de nuestras casas.

Dos preguntas:

Si se constituye un comunidad de vecinos, podremos votar para comprar la carretera de él para que podamos mantenerlo en buenas condiciones?

Puede el desarrollador bloquear la constitución de un comunidad de vecinos para evitar que nos compra el camino?

Gracias,

WilliamR

 
M
MACADI
07/10/2009 10:25
Comentas que el promotor sigue siendo propietario de la carretera, qué raro ¿no?.

Lo habitual es que el ayuntamiento exija al promotor/constructor hacer la calle, aceras, poner farolas, zonas verdes etc.  para darle los permisos necesarios para construir. 
Entendo que esa carretera, aceras, farolas, zonas verdes, etc.  son del ayuntamiento o de las viviendas. 
¿qué ponen las escrituras? en caso de que en las escrituras no ponga nada, pregunta en el ayuntamiento. 

Saludos





 
J
JUCURU
07/10/2009 09:54

No sabria decirte, entramos ya en un terreno mas profesional, desde luego tiene mas ventajas llevar el asunto a nivel colectivo que individual, pero hablamos de ventajas, lo de los derechos ya es otra cosa, repasa el Codigo Civil entre los articulos 333 y 608 todo lo que se refiere a la propiedad, o consultar un abogado.

Ya no llego a mas.

 
WilliamR
WilliamR
07/10/2009 09:38
Gracias Jucuru - como siempre, su mensaje es muy informativo.

¿Si creamos una CdV tenemos derechos adicionales que no tenemos como como propietarios individuales?

Por ejemplo, ¿podemos reparar la carretera a nosotros mismos sin el permiso del propietario?

Sé que a veces un CdV obtener el permiso de un juez para  accesear a una propiedad que no está cumpliendo las normas y reglamentos de la comunidad. ¿Podemos utilizar este tipo de poder para mejorar el acceso a nuestras propiedades?

En términos generales supongo que un juez mirará más favorablemente a una petición do una entidad legalmente formulado.

 
J
JUCURU
07/10/2009 08:07
Para poder constituiros como comunidad tiene que haber elementos comunes, aunque sea una farola, si tienes dudas, lee tu escritura alli lo veras, entre otras cosas debes tener un coeficiente de propiedad, o bien con tu referencia catastral entras en la web del catastro te saldran todas las partes que componen la unidad, toda la urbanizacion, y si salen todas las viviendas aunque sean unifamiliares y sumas las correspondientes cuotas de participacion te dara 100 enteros.

Con este dato esta claro que podeis constituiros como comunidad de propietarios y acogeros a la Ley de Propiedad Horizontal, basta que os lo propongais dos o tres vecinos y convoqueis junta extraordinaria de constitucion, hay una serie de cosas que hay que hacer, en caso que quieras hacerlo en otro post, puedo decirte los pasos a seguir.

El promotor no puede bloquear la constitucion de la comunidad en caso que haya algun elemento comun pero si puede negarse a vender su propiedad aunque en este caso si estaria obligado a la servidumbre de paso, por algun sitio tendreis que acceder.
 

Fin del hilo
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