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pidarma
18/04/2010 03:13

prohibiciones en un parque infantil

¿Es legal prohibir los juegos de pelota y patines en el parque infantil?

6.964 lecturas | 4 respuestas
Hola a todos y gracias anticipadas.

En nuestra comunidad acaban de plantarnos carteles prohibiendo los juegos de pelota y patines en la zona de parque infantil porque al parecer los niños molestan, según comunicado del presidente.No tenemos constancia en acta alguna de que se acordara dicha prohibición, y según he visto en las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres y demás, me resisto a eceptar que los juegos de unos pocos niños puedan ser considerados como molestos en un recinto que originalmente se concibió para tal fin y así lo vendió la constructora.
Está claro que el tema se tratará en la siguiente junta pero se puede hacer algo para que esta comunidad empiece a respirar democracia sin tener que ir al juzgado con delicado que siempre es el tema? El tono de los comunicados del presidente es amenazador cuando menos, y parecen obedecer a intereses de una minoría egoísta.
 
M
marivi77
03/05/2010 12:19
Hola Pidarma.
En mi comunidad (vivo en una urbanización de adosados) no ezisten zonas de uso infantil como tal. Son vias de acceso y hay aceras y son zonas comunes pero no somn zonas recreativas.
En mi fachada se solía jugar al futbol hasta que en vez de 5 o 6 niños se juntaban como unos 18 de hasta 17 años y algunos no eran ni de la urbanización.
Por supuesto, los padres no bajaban a ver si sus hijos estaban ocasionando desperfectos o haciendo excesivo ruido.
Un día me rompieron un cristal y nadie quiso hacerse responsable.
Al final cesaron los juegos de pelota cuando pedí responsabilidades y amenacé con molestar yo tb.
Con esto quiero decir que si a estos niños los hubiese acompañado un adulto que hubiese puesto oreden cuando tenía que hacerlo( y no yo que me tocaba salir a hacer de arbitro) no se hubiera llegado a ese extremo.
Yo creo que la solución es que los crios jueguen , pero con unos adultos que les marquen las pautas y que estén pendientes de ellos y sobretodo de dar la cara si se ocasionan daños.
Respecto a la Ley de propiedad Horizaontal , en el apartado 80. punto 2 .4 dice textualmente . Cualquiera otra actividad o comportamiento personal no comprendido en los apartados anteriores que conlleve una
perturbación por ruidos para el vecindario evitable con la observancia de una conducta cívica normal.
Respecto a lo de votar en junta, si llegais a l acuerdo de que se jueguea la pelota y eso resulta perjudicial para algún vecino, lo puede impugnar y lo mas seguro es que lo gane.
Mi consejo es saber llegar al entendimiento mediante buenas palabras y buena voluntad por parte  de todos.
 

Fin del hilo
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