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C
chusco77
03/05/2010 19:40

Aviso junta extraordinaria

¿Con cuánta antelación es obligatorio avisar la convocatoria de junta general extraordinaria a los miembros de la comunidad?

5.246 lecturas | 2 respuestas

Buenas.

¿Con cuánta antelación es obligatorio avisar  la convocatoria de junta general extraordinaria a los miembros de la comunidad?

Le he dicho al administrador que debe avisar al menos con una semana de antelación y que hay vecinos a los que no les viene bien ni el sitio ni la hora. Me ha respondido que solo debe notificarla con tiempo suficiente para que el vecino se de por enterado (lo hace hoy y convoca el jueves) y además me dice que el presidente tiene potestad para poner el día, hora y lugar que crea oportuno (lo hace a para el jueves a las 19:00h en primera convocatoria y 19:30h a segunda, con la imposibilidad para algunos vecinos a asistir al estar trabajando)
Todo esto es así?

gracias

 
C
chusco77
04/05/2010 10:02
Muy bien, gracias
 
M
MACADI
04/05/2010 09:34

Lo que te ha dicho el administrador es verdad, no obstante hay que leer los estatutos de la comunidad por si dice algo.

Pero, por lo que dices, lo está haciendo él todo. 

Ten en cuenta que si tiene que utilizar el correo ordinario para informar a algún vecino, cuando reciba la carta ya habrá pasado la junta.

Así que, es el presidente el que convoca a los propietarios, en el lugar que se suele utilizar para ello, y a la hora que estime conveniente.  NO ES EL ADMINISTRADOR.

Tal vez tengas que responder a los vecinos el por qué de tantas prisas

Saludos 

 

 

Fin del hilo
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