Volver al foro
L
lamarea
28/02/2012 19:56

certificado de estar al dia en cuotas

¿Es obligatorio presentar el certificado de deuda de la comunidad al vender la vivienda?

11.732 lecturas | 7 respuestas

Por favor, ne cesito saber si es obligatorio, o no, presentar un certificado de la comunidad, de estar al día en las cuotas, cuando se vende una propiedad. Yo pensaba que si, que lo pedían en el notario, pero un propietario de mi comunidad, que tiene deuda, dice que no hace falta. El ha vendido y no le han pedido nada..

 

gracias por su ayuda

 
L
lamarea
04/03/2012 21:00

Gracias a todos por vuestra ayuda. Y,para dejar mi granito de arena os dire que después de consultar con un abogado, me dijó que efectivamente, hay notarios que no lo piden..... Yo que yo veo es que la Ley de Propiedad Horizontal es bastante ambigua. Si, la mayoría de los supuestos que intenta regular, en la vida real no se cumplen y si presentas un monitorio, te salen por peteneras.... Pongo un ejemplo; se presentan tres monitorios, la docuementación se hace con arreglo y forma a como piden en el decanato del juzgado, y por supuesto, en todos los casos la misma. Pues según en el juzgado que cae, te lo aceptan a trámite o no. En uno de los casos, porque dicen que no se había presntado la certificación de deuda.....ni que decir tiene, que efectivamente estaba, pero no redactada como al secretario judicial le gustaba....

 
J
jacoba
03/03/2012 13:50

No confundamos porque es importante el matiz,  pero el futuro propietario, no es quien para dirijirse a la comunidad, solicitando información, sera el posible vendedor quien solicitara el documento, que a su vez le habrá exigido el posible comprador

 
B
borarriu
03/03/2012 00:42

El comprador debe solicitar al presidente de la comunidad, un certificado que demuestre que la vivienda en cuestión esta libre de cargas para con la comunidad,de lo contrario el nuevo propieterio se tendra que hacer cargo de las deudas que el anterior propietario dejo,el notario debe de pedir el citado documento.

 
E
elbonsai
29/02/2012 00:40

Vamos aver si diferenciamos las cosas. Evidentemente si el comprador a la hora de firmar la compra ante notario no EXIGE que el vendedor presente certificado de estado frente a la comunidad evidentemente asume por defecto las deudas. Si el vendedor como es logico pide conocer cuales son las cargas del inmueble y no acepta comprarlo con cargas pues es el vendedor quien debe saldar la deuda. Una opcion que se practica mucho es restar del valor que se va a pagar por el piso la cuantia que adeuda el vendedor a la comunidad. SIEMPRE Y REPITO SIEMPRE SE DEBE PEDIR  EEL ESTADO DE LAS CARGAS DEL BIEN A COMPRAR. El articulo 9 al que se refiere jacoba se aplica cuando no se siguen los pasos anteriores. Voy a poner otro ejemplo si a usted alguien le nombra heredero y acepta sin mas esa herencia cargara y respondera con su patrimonio si el testador tenia mas deudas que bienes, para evitar cargar con sus deudas usted tendra que ACEPTAR EL TESTAMENTO A PETICION DE INVENTARIO.

 
J
jacoba
28/02/2012 20:59

Pues las deudas que tenga su vecino, las del año pasado y las de este, Y como tenga deudas del año anterior, la comunidad se va a quedar sin cobrar. las va abonar el nuevo propietario.

articulo 9C El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación.

La ley no dice que sea obligatorio, pero si existen deudas, el nuevo las asumira

 
E
elbonsai
28/02/2012 20:56

ES obligatorio que el vendedor presente un certificado que lo firman el secretario y presidente de la comunidad donde se explica que el actual propietario esta al dia  con la comunidad o en caso de tener saldo deudor detalle de cual es la cantidad adeuda. No crea a su vecino, pues por experiencias varias, le dire que es un documento que exigen los NOTARIOS como obligatorio o de lo contrario son responsables de ello, y como bien sabra los notarios estan para ganar no para perder dinero. Añadir que el notario a la hora de firmar las escrituras da detalle de este tema diciendo cual es el estado del piso o expresamente dice que el " propietario actual no presenta documento de liquidez con la comunidad quedando a criterio del comprador si asume la compra sin este certificado"

 
V
vecinadelprimero
28/02/2012 20:36

Es obligatorio porque así tienes una prueba de que la vivienda que compras no tiene cargas y los notarios deben hacer constar tal situación a no ser que el comprador libre de esa carga al vendedor pero si tiene deudas está claro que las pagará quien ha comprado no obteniendo ese certificado o gararantía, ver artículo 9.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento