Lo primero que tienen que tener claro es si el patio es privativo o es comunitario con uso exclusivo del propietario del bajo.
En cualquier caso, creo que aquí se plantean dos temas totalmente diferentes.
Uno de los temas es el techado del mismo, que debe contar con la autorización de la comunidad.
Y otro tema es el tema del alquiler. Si el propietario alquila el piso lo hace junto con el uso del patio (ya sea propiedad suya o usuario exclusivo), por lo que la comunidad no puede reclamar ningún importe del alquiler, ni tiene que dar ninguna autorización para que lo alquile.
Y en cuanto a las llaves, si el patio SOLO tiene acceso por ese piso, los propietarios no tienen ningún derecho a tener llaves del mismo.