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A
amb1978
18/12/2012 19:05

Documentacion Comunidad

¿Es legal que un administrador de fincas perdone cuotas al constructor y se niegue a mostrar el libro mayor y listado de propietarios?

7.747 lecturas | 14 respuestas

Hola

Mi consulta es la siguiente:

Sospechamos que el administrador de fincas que tenemos no esta haciendo bien su trabajo. En concreto creemos que, dado que la mayoria de pisos sin vender son del constructor y este fue quien puso al administrador al cargo de la comunidad, está "perdonando cuotas al constructor" además de otras trampas.

Además en una reunión extraordinaria donde el orden era la no renovación de su cargo, se presentó con muchos votos representados y al final no se le pudo "tirar".

El Presidente le ha pedido el LIBRO MAYOR y el LISTADO DE PROPIETARIOS con primeras y segundas direcciones para comprobar las cuentas y, en concreto, el pago de cuotas que el Administrador asegura que se han pagado.

El se niega, comentándonos que por la Ley de Protección de datos no puede. ¿Eso es cierto o es un excusa?

¿Esta gestión es la correcta o hay otra forma para comprobar esto?

Por otro lado: ¿Como se puede comprobar que esos voto eran ciertos y no se los ha inventado, y que esos propietarios estén al corriente de las cuentas para que dicho voto sea legal?

Muchísimas gracias y perdón por la "parrafada"

 
B
buzomadrid
20/12/2012 17:41

Lo que estas pidiendo, todo lo tiene el administrador y está reflejado en el programa informático con el que trabaja, tardaría en dártelo 10 minutos, pero lo que pides no te lo dará.

Las cuentas corrientes de los vecinos NUNCA, direcciones de éstos NUNCA, las cuentas de los ejercicios, te contestará que ya las tienes, que las envió a todos los vecinos en ejercicios anteriores, etc...

amb1978, lo veo muy dificíl conseguir eso que estas solicitando.

Por lo DEDUZCO parecen ser unas SOSPECHAS muy pero que muy SOSPECHOSAS.

 
M
Miren2
20/12/2012 16:19

Para comprobar las cuentas
Me imagino que toda la documentación incluidas las facturas de por lo menos 5 años, las tiene el secretario administrador. No tienen mas que verificarlo, si todo está en orden y los balances debidamente confeccionados.
El procedimiento es enviar un escrito fehaciente al administrador y al presidente el mismo escrito solicitando las cuentas de los cinco 5 ultimos años en un plazo de 15 días, y luego en 15 días aparecer por la oficina para saber si las tiene.*-*-- De no tenerlas dejar un escrito conforme que pasados los 15 días estas no se le han presentado.decidan las acciones legales a tomar por no recibir la documentación –Revisen la póliza del seguro de la comunidad para ver si tienen incluida la defensa jurídica contra los empleados de la empresa......*-*-.El administrador es un empleado de la comunidad de propietarios.
Salu2.

 
elenasf
elenasf
20/12/2012 16:11
Te lo estamos diciendo
 
A
amb1978
20/12/2012 15:12

Vamos a ver:

Art. 20. e) "..custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad"

Teniendo en cuenta que los titulares son los propietarios y a estos les representa el presidente, está claro que ese administrador está "jugando" con nosotros ¿no?

No se si al final es un juez quien tiene que interpretar esto pero yo lo veo así.

Decídmelo vosotros. 

 
A
amb1978
20/12/2012 07:53

elenasf dijo:

la direcciones de los propietarios no se la puede dar ni al Papa de roma, leete la ley de protección de datos. 

en la reunión del ejercicio  que el presidente la ponga lo antes posible, asi veis las cuentas que presenta, no las aprobáis y aprobáis hacer una auditoria.

 

elenasf:

Corrígeme si me equivoco. No estoy diciendo que las direcciones y teléfonos las pueda ver cualquier propietario, estoy diciendo que, si las puede tener y ver el administrador (que es un empleado de la comunidad y un subordinado del presidente), mucho mas las podra tenr y ver el Presidente. ¿NO?

Me resulta un poco extraño que no sea así

Muchas gracias

 
elenasf
elenasf
19/12/2012 21:13

la direcciones de los propietarios no se la puede dar ni al Papa de roma, leete la ley de protección de datos. 

en la reunión del ejercicio  que el presidente la ponga lo antes posible, asi veis las cuentas que presenta, no las aprobáis y aprobáis hacer una auditoria.

 
A
amb1978
19/12/2012 20:46

Muchas gracias, por contestar, a todos

Pero se me plantean algunas dudas:

¿Como es posible que el Presidente (que es "mas" que el administrador) no pueda tener el listado de propietarios con primeras, segundas direcciones y teléfonos, así como el Libro Mayor, debido a la Ley de Protección de Datos?

¿que informe me dices "buzomadrid" en la que vienen todos los datos del inmueble, como se llama?

Yo lo que quiero es hacer una especie de auditoria. Contrastar con un extracto de cuenta bancaria y un historial de cada propietario si coinciden los ingresos. No se si me entendéis, quiero saber si el constructor no esta pagando todo lo que tiene que pagar y el administrador esta ajustando el presupuesto cada año para encubrirlo

Muchísimas gracias otra vez

 
M
Miren2
19/12/2012 18:24

Legalmente el administrador es depositario y custodiador de la documentación original y oficial de la comunidad.A disposición de los titulares ( el administrador es un trabajador de la comunidad
y tiene que responder siempre al presidente ) y en junta a cualquier propietario que se lo solicite
El administrador podrá dejarte examinar documentación en su despacho y -seguro- previa cita, Todo debe estar debidamente justificado. Podrás solicitar copias, copias textuales del libro de actas selladas y firmada por el Secretario y el Presidente.bajo la indicación "es copia"( las copias que solicites pagándolas tu.)
Haz un escrito O envía un burofax. solicitando los documentos que tienes que revisar y día y hora para pasar a revisar. Entregue el escrito al presidente de la comunidad.(Que el presidente le firme la entrega).(guarde su copia firmada para usted) Lo que debe hacer es indicarle en el burofax el día y hora que va a ir o concretarlo con el administrador (dentro del horario de trabajo de este señor administrador) a revisar la documentación en virtud del Art. 20 LPH. Donde obliga al administrador a poner a disposición de cualquier propietario que lo solicite la documentación de la comunidad......cada propietario tanto en junta como a titulo particular tiene dentro de sus derechos el poder revisar la documentación de la comunidad .
Si el administrador es un secuestrador de la documentación.Si te quiere dar largas.Le adviertes que te presentaras en su despacho dentro de su horario de trabajo con un kit de supervivencia y te sentaras en su despacho a esperar hasta que te deje revisar los documentos que has solicitado.
A mi me dio resultado. Mucha suerte
 

 
elenasf
elenasf
19/12/2012 17:25
Las tuyas no hacen falta, soy yo la que tengo que demostrar que viene reflejados los grupos de gastos.
Yo tb te deseo una felices fiestas
 
B
buzomadrid
19/12/2012 17:00

El apoderamiento al ADMINISTRADOR nunca, y como dije en otra pregunta, tampoco en la C/C de la comunidad, solamente para ver los movimientos y nada mas.

Por eso preguntaba quien esta apoderado y quien lo ha hecho.

En lo referente a lo otro que dices, si te parece dejamos pasar las fiestas y nos vemos personalmente con las escrituras tuyas y las mias, y seguramente los dos aclararemos algo.

Que tengas unas fiestas muy buenas y que el año que entraremos sea mucho mejor que el que dejaremos.

 
elenasf
elenasf
19/12/2012 16:44

BUZOMADRID, Si se puede dar la representación al administrador pero no es aconsejable y menos aun cuando en la representación No especifiques nada de a favor o en contra de cualquier punto. Imaginaros el poder que le damos para decidir.

Tengo que pasarte una cosa que tenemos pendiente, tu me dirás como

 
B
buzomadrid
19/12/2012 16:30

Las "sospechas que dices son muy serias", te intento contestar en el tema de PERDONAR CUOTAS, LAS CUOTAS vienen muy claras  y reflejadas en los informes que debe mandar el administrador a todos los propietarios,  ahí es donde puedes "VER TUS SOSPECHAS", ese documento lo tiene que mandar el administrador, es una de sus obligaciones.

Referente a los REPRESENTADOS, ¿quien otorga su representación, y a quien? al administrador NO, éste es un profesional que presta sus servicios en la comunidad, nada mas, esos documentos se tienen que guardar un mínimo de 5 años..

Referente al listado de propietarios y sus cuentas corrientes, esa información está protegida por la ley de protección de datos. LPD, y no te los puede facilitar.

Asimismo te digo que existen informes en la administración de fincas en la que vienen todos los datos de todos los inmuebles, pago el día ..................... no pago el día .......................... devolución el día ................................. y todo lo que se pueda imaginar con la administración.

Si eso no os lo comunica, las sospechas son unas sospechas muy graves, y lo que dices que lo ha puesto el promotor, entonces creo que tus sospechas son mas que sospechas.

 
elenasf
elenasf
19/12/2012 16:07
Bueno iré diciéndote según expones
El presidente tiene firma en la cuenta Bancaria?? Puede pedir extracto y revisar si hay anomalías.
En el balance del ejercicio (cuando se mande a los propietarios) veréis si esta ingresado todas las cuotas de la Comunidad y los que deben.

Decirte que el promotor aunque tenga muchos pisos solo es 1 VOTO con la suma de todo su coeficiente.
En el Acta enviado debe aparecer los propietarios de los pisos presentes o representados allí veréis quienes están representados por el administrador y si esos pisos tienen deuda el día de la reunión ( si no se ha enviado en la convocatoria quien no tiene derecho a voto se vera cuando mande las cuentas)
El presidente puede pedir el mayor o la documentación que quiera menos listado de propietarios con sus teléfonos y direcciones, para poder dar datos de propietarios tendrían que autorizar a que se den.
 
A
amb1978
19/12/2012 14:12

¿Nadie me puede ayudar?

Gracias

 

Fin del hilo
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