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arore
19/05/2016 14:18

Modificación zona común

¿Se necesita aprobación para sustituir la madera de teka por césped artificial en la zona de la piscina?

1.498 lecturas | 4 respuestas

He estado leyendo sobre el tema pero aún no lo veo claro o no encuentro una opinion que coincida con nuestro caso.

La situación es una comunidad de 50 viviendas con una piscina común la cual tiene una zona de 200m2 de cesped artificial a modo de solarium y unos 200m2 de madera de teka rodeando la piscina, causando un contraste estético muy bonito.

Comentar que estas calidades y estética fueron uno de los motivos que me decantaron hacia la compra de la vivienda.

Tres años después se va a proponer sustituir la totalidad de la madera de teka por cesped artificial, siendo un cambio estético y de calidad notorio mi pregunta es….

¿Deberá ser aprobado por mayoria o por unanimidad?. Considero que es una modificación considerable que llevará implícita una derrama.

Les agradezco de antemano sus posibles aclaraciones.

 
F
fante
19/05/2016 22:03

arore dijo:
No, lee bien, no se me puede privar del uso, jejejejej, tendrían que hacerme un puente

 

                 He usado el verbo sentarse, no el verbo pisar, jejejejej,

 
A
arore
19/05/2016 17:55
No, lee bien, no se me puede privar del uso, jejejejej, tendrían que hacerme un puente
 
F
fante
19/05/2016 17:46

y yo me pregunto: si arore se pudiese acojer al art.17.4 , la comunidad podria impedirle que se sentase en la nueva zona de cesped?

eso es lo que indica dicho art.

 

 
A
arore
19/05/2016 15:51

Hola Jose Manuel, 

Gracias por la pronta respuesta, el motivo de cambiar la teka es por no querer mantenerla, es decir, lo usual en este tipo de material, aceite, barniz, lijados etc.…

La comunidad tiene tres años de vida y cada junta supone quitar alguna caracteristica originaria en la compra con la consecuente devaluación, me veo en diez años sin ascensor por tener conciencia ecologica. Me parece bastante injusto.

 

Fin del hilo
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