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A
Astarorh
23/11/2017 22:33

No tengo dinero para pagar el ascensor

¿Pueden obligarme a pagar la instalación del ascensor aunque no tenga con que pagar?

10.197 lecturas | 9 respuestas
Somos una comunidad de 15 vecinos. La mayoría quiere ascensor pero yo vivo en un primero, por lo que no lo usaría, y encima tengo un trabajo a media jornada, por lo que me es imposible pagar el ascensor. La casa es mía y de mi ex marido, la uso yo porque vivo con nuestro hijo. Hasta ahora la comunidad la pago yo porque vivo en ella, pero una derrama de estas características me es imposible asumirla yo. Por un lado, el tendría que asumir la mitad? Y por otro lado, si yo no puedo pagar, tendría que pagar obligatoriamente, y quitarme de comer?
 
lola99
lola99
02/12/2017 18:23

dependiendo de lo que cueste el ascensor y dependiendo de lo que pague por trimestre se podria acoger al art.10 (creo que era no me haga mucho caso del numero).
Que asi rapido dice que solo puede pagar una obra si no escede de 12 mensualidades ordinarias, el resto hasta completar toda su derrama la paga quien solicita en estecaso el ascensor.
Por eso le digo que depende de lo que cueste y lo que pague de cuota porque si no llega a las 12 mensulidaes lo tendria que pagar todo, si escede solo las 12 mensualidades.

y un comentario, si como dice el ascensor no para en planta si no entre planta con lo cual tienen que subir o bajar escaleras para llegar al piso, no eo que este obligada a hacer el pago ya que en este caso no quita ninguna barrera arquitectonica ya que sigue habiendola¡¡¡
saludos

 
A
amungar
28/11/2017 19:53

Si su marido no es rico (seguramente no lo es porque parece no tener pensión compensatoria, por lo que dice), entonces consuélese sabiendo que su marido estará mucho peor que usted, porque tiene que pagar la mitad de la hipoteca de su piso y un alquiler para él u otra hipoteca si ha comprado un piso. El está más arruinado que usted, porque usted disfruta el piso pero él no. Eso es injusticia. ¿Verdad que sí? 

 
J
juno4
25/11/2017 00:09
Mala cosa un ascensor que no acabe con las barreras arquitectónicas. Dudo mucho que puedan recibir ayuda alguna, aparte de la dudosa utilidad de algo que no deja en la misma planta.
 
F
Fixin
24/11/2017 11:52

Su ex pareja está entoces obligado a pagar el 50% de la hipoteca. Si no lo hace usted lo puede reclamar.

Lo tiene complicado ya que legalmente está obligada a contribuir al no haber exoneraciones ni en el título ni en los estatutos sobre el pago de asensores. Únicamente podría acogerse, con escasas esperanzas, a que el juez considere que el pago que le exigen por instalar el ascensor infringe el art. 18.1.c) LPH que establece la impugnabilidad ante los tribunales de justicia de los acuerdos, entre otros, que «supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo... ».

Pero ya le digo que esto es muy complicado que se lo concedan.

 
A
Astarorh
24/11/2017 11:37
Mi piso es un primero, el ascensor para en los descansillos, osea pararía o bien en el bajo o bien en el descansillo entre el primero y el segundo, por lo que las cuatro escaleras que yo tengo hasta mi casa las tendría que subir o bajar igualmente

Nose que es exactamente gananciales, el piso lo compre con mi ex pareja al 50por ciento y vivo en el porque tengo la custodia de nuestro hijo
 
F
Fixin
24/11/2017 11:25

Como que el ascensor no pasa por su piso???

El piso está en gananciales al 50 %?

 
A
Astarorh
24/11/2017 11:16
Y como pago? Cobro 600 euros, apenas tengo para pagar la hipoteca y los gastos. Si como es porque mi madre me da la comida, sino no podría ni comer. Y claro un banco no va a darme hipoteca... El piso no se revaloriza porque es un primero, osease por mi piso no pasa el ascensor... Y aunque mi ex marido pagase la mitad, cosa que dudo, tampoco tendría para hacer frente a mi parte...
 
F
Fixin
24/11/2017 10:00

Al haberse aprobado por mayoría usted tiene la obligación de pagar.

Una cosa son los gastos de comunidad normales que los debe asumir quien disfruta del bien y otra cosa las derramas para la instalación de un nuevo servicio común, como un ascensor. Esta obra revaloriza el piso y si está a nombre de los dos el tendrá que pagar su parte como propietario que es. Eso si, si no lo hace la comunidad puede ir contra usted exigiendo todo el importe.

 

 
B
Blont
23/11/2017 23:14

Si en su comunidad vive algun minusvalido o persona mayor de 70 años, lease el art. 10.1.b de la LPH.

si no existen esas persnas que lo sliciten, si en junta se aprueba por mayoria, no tendra mas remedio que pagar. Art. 17.2

Al ser la casa de los dos y si no tienen nada acordado, sj ex tendra que pagar. Pero permitame que dude que lo haga

 

Fin del hilo
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