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ManelSS
20/05/2021 17:28

Uso zona común de uso privativo - Bajo con jardín

¿Hasta que punto puedo personalizar una zona común de uso privativo?

4.328 lecturas | 12 respuestas

Buenas. Acabamos de adquirir un bajo con jardín de una obra nueva sobre plano que no nos entregarán hasta dentro de unos meses. El jardín tiene una superficie útil de 180 m2. Querríamos saber, según legislación en Cataluña, ya que se encuentra en la provincia de Barcelona, si es posible instalar una piscina elevada de pequeñas dimensiones (fija pero sin modificación estructural ni obra alguna y en suelo sin afectación a estructura ni sobre garaje), una pérgola (fija) y una reforma estética interior (césped artificial, tarima de madera, jardinería...). No se realizaría ningún cambio estético ni estructural en la fachada exterior y en la interior únicamente se colocarían apliques en las paredes para iluminación del jardín y se revestirían y/o embellecerían los muretes interiores que poseen el cercado con paneles que semejan piedra natural.

Según el artículo 7.1 de la LPH se podría realizar y únicamente sería obligatoria la comunicación al presidente mediante una carta, por ejemplo. Así mismo, en el caso de que unos posibles estatutos dijeran lo contrario, éstos, por ser una obra nueva, en primera instancia no existirían. En este caso, creemos que únicamente nos basaríamos en la legislación vigente, o sea la LPH. Es correcto todo lo expuesto? Podríamos crear ese jardín con los elementos descritos? Deberíamos preocuparnos también de la normativa municipal / regional en cuanto a urbanismo y paisaje, o esta no tendría relevancia y/o competencia sobre dicha reforma? Muchas gracias por vuestras respuestas.  

 

 
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ManelSS
21/05/2021 22:49

.sabina dijo:

ManelSS dijo:

 es totalmente injusto que una persona compre una vivienda y que una parte de esta no sea suya. Esto no hay quien lo entienda, diga lo que diga la ley; pero que un documento dice que no es suya. Es de locos y como decía, totalmente injusto. 

El documento que lo dice, Ud. mismo lo acaba de firmar. Lo que no se entiende es que se firme algo de lo que no está de acuerdo, locos no sé, pero algún otro calificativo hay que ponerle a esta forma de actuar.

No pasa nada Sabina. Yo sé que cuando uno compra un piso y no una casa, parte de ese piso no es suyo, y que hay que ponerse de acuerdo con el resto de propietarios para hacer según que actuaciones en su propia casa. Sé lo que he firmado y que cualquier otro piso que hubiera comprado (la mayoría del mercado de vivienda comunitaria) tiene en su título constitutivo que el propietario tiene el uso privativo de los elementos comunes de su vivienda, pero que para realizar actuaciones en ellos se debe tener el permiso del resto de la comunidad. No tiene por qué gustarme a mí, ni creo que a la mayoría de personas que son propietarios de un piso o vivienda en comunidad de vecinos y que se ha gastado un dineral en ella para que después no pueda hacer el uso que desee. Es simplemente esto.  

 

Fin del hilo
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