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T
toexcar
12/12/2022 17:59

Gestion de la comunidad

¿Es legal proponer un cargo administrativo a cambio de eximir una cuota mensual?

640 lecturas | 7 respuestas

Hola buenas tardes: En mi comunidad que somos trece vecinos en donde hay personas mayores, otros que apenas si tienen estudios ,en una reunion se pensó que un vecino que tiene conocimientos de informatica y un poco de estudios que fuera este señor(propietario) quien hiciera las funciones de presidente/administrador a cambio de que no pagara la cuota mensual ( pero si otros gastos como podria ser una derrama o cualquier otro), mi pregunta es : ¿ esperfectamente legal esto? o puede acarrearnos algun problema a la comunidad. Gracias

 
ARV1
ARV1
14/12/2022 09:21
Pagar en negro? Yo no he dicho eso nunca ni lo defiendo. Todo debe estar justificado en la liquidación anual, ingresos y gastos, y aprobado por mayoría simple.
El propietario que hace las funciones de administración tiene derecho por ley, al resarcimiento de los gastos que le ocasione esa actividad, y la comunidad (que es soberana) lo acepta por mayoría simple y no hay nada más que hablar. Dónde ve usted el dinero negro?. Considera usted que resarcirle con 500€ anuales (por ejemplo) por los gasto que conlleva (papel, transporte por gestión, electricidad particular, gastos de teléfono, dedicación, etc....) es dinero negro?. Cuánto ahorra a la comunidad? 1500€ anuales, quizás más?. Dónde está el perjuicio ocasionado a los propietarios? O son ventajas? La respuesta es obvia, TODO SON VENTAJAS.
Y una última cosa, si hay algún tema de carácter dudoso que pueda existir en la gestión de la comunidad existen abogados dedicados a temas de propiedad horizontal que te atienden por teléfonos de pago, es decir, una consulta profesional te puede costar 5€. No pongo el teléfono para no hacer publicidad.
DONDE ESTÁ EL PERJUICIO?
 
C
celasius
13/12/2022 22:36

Ósea ARV.

Ud. como forero experto en el tema, me hace pensar que es una persona que defiende la legalidad, pero para ciertas cosas prefiere pagar en negro, no asegurar a los trabadores, hacer contratos verbales, y pagarles una ridiculez, en definida practicar la tiranía, una de dos, o somos legales para todo, o no lo somos, pero para todo también,  

Desde luego lo que debe ser es ser coherente, y en un foro público no ser coherente le quita valor a sus comentarios.    

 
ARV1
ARV1
13/12/2022 13:48
Y por qué voy a tener que pagar a "un profesional" sin conocerle de nada??? A mi me da más confianza un vecino que lo conozco de años y veo que es una persona preparada para llevar la simpleza de la gestión de una comunidad y a la que le podré pedir explicaciones de cualquier cuestión comunitaria cuando le vea. A caso es de mayor garantía un profesional que no lo conozco de nada???? Solo es cuestión de mirar Google y poner " administrador de fincas condenado" y te salen decenas por apropiación indebida. Alguno del colegio de administradores de fincas que están entre rejas por tal causa.
Y por qué voy yo a dejar de tomarme dos cervezas????.
Si no cobra sí puede serlo, pero si cobra no?........Y qué cobra, los gastos derivados de su gestión? La ley lo determina, el resarcimiento del gasto que genera esa actividad y que se evalúa por la cantidad anual de los pagos comunitario aprobado en junta.
Hay un dicho que dice : el ojo del amo engorda el caballo mejor que el ajeno.
Para ser administrador de tu comunidad solo se requiere ser propietario y ningún título más porque es facilísimo llevarlo, por mucho que quieran alguno complicar el asunto. FACILISIMO.
Mayoría simple? EVIDENTEMENTE. Con qué mayoría se contrata a un administrador profesional? Con mayoria simple y lo mismo un propietario que quiera serlo porque la ley lo permite.
Y no me haga reír con esto, por favor..."Yo desde luego no pagaría un servicio que no me ofrece ninguna garantía y sin factura menos, ya que no pagar impuestos repercute negativamente en el bienestar de todos". Si lo ve así, no pague a Hacienda porque cada día los políticos le están robando y ahora quieren hacerlo gratis.

Editado por ARV1 13/12/2022 14:01
 
L
lucioexper
13/12/2022 11:49

¿Exonerar de gastos por mayoría simple???????? No lo veo.

¿Exonerar sin que lo contemple el título???????

¿Cobrar por llevar la administración sin ser un profesional, o estar avalado por él????? Yo desde luego no pagaría un servicio que no me ofrece ninguna garantía y sin factura menos, ya que no pagar impuestos repercute negativamente en el bienestar de todos.

El vecino altruista que quiere ayudar bienvenido sea, al interesado a cuenta de la comunidad, que se busque la solución a su problema al margen de la misma. 

Un administrador profesional puede salir por 4€ mes por vecino, una cantidad que no trastoca ninguna economía, dejas de tomar 2 cervezas mes y lo cubres. 

 
ARV1
ARV1
13/12/2022 10:54
Es perfectamente legal si por mayoría simple así lo determinan. Mayoría simple ya que es un servicio de administración. Otro tema es, ser remunerado por ésta actividad ya que la ley no lo contempla, pero si contempla el resarcimiento de los gastos que conlleven éste trabajo que será aprobado por la junta, es decir, que si la comunidad por mayoría simple, acuerda que para sufragar los gastos que le ocasione esa actividad se le exonere de los gastos comunitarios ordinarios, es perfectamente legitimo. Aunque mejor sería que pagará la cuota periódica y al finalizar el año la restará como gastos des gestión de administración, suplidos y derivados. De esta manera, él pagaría reglamentariamente lo que le corresponde y detraeria lo acordado.
 
E
eltiocuco
12/12/2022 22:21

En Cataluña, la ley de propiedad horizontal indica que el cargo de presidente no será remunerado.

EN EL RESTO:

La Ley de Propiedad Horizontal, establece que el cargo de Presidente es obligatorio y debe ser elegido en Junta Ordinaria. Sin que ningún propietario pueda renunciar a ello por voluntad propia 

Realmente el Presidente de una comunidad de vecinos se debe realizar sin retribución alguna y solo cabe remunerar a quien desempeñe las funciones del Administrador. Ya sea un propietario o una persona ajena a la comunidad y para que el ejercicio de dichas funciones sea remunerado cuando son desempeñadas por un vecino, debe reflejarse expresamente en los Estatutos.,

Luego están los pagos en negro. La ley no lo permite

También está la donación, que hay que tributar el impuesto de donaciones.

Y luego está la responsabilidad civil, que en estas condiciones no es de aplicación

El consejo es que traten de arreglar sus problemas comunitarios y no se metan en otros nuevos, a las asambleas vecinales se ve ello y no a arreglar los problemas personales que pueda terne cualquier vecino con los pagos.

 
E
Eloy516
12/12/2022 19:54
Hola toexcar

Si en tu comunidad están todos de acuerdos por unanimidad, es totalmente legal, y dichos acuerdos deben quedar recogidos en el acta de reunión.

Saludos
 

Fin del hilo
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