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IsCiSa
IsCiSa
11/08/2024 15:07

Acceso a jardín comunitario desde terraza de un bajo.

¿Necesito permiso para abrir una puerta desde mi terraza al jardín comunitario?

1.076 lecturas | 9 respuestas

Buenas tardes.

Mi consulta es sobre la posibilidad de abrir una puerta desde mi terraza, vivo en un bajo, al jardín de la zona comunitaria.

Necesito un permiso especial? He de proponer una votación de los vecinos? Son varios bloques y no todos tienen acceso a la zona desde su portal. Algunos debemos bajar al parking para acceder a él por unas escaleras y el resto por la parte exterior, la calle.

Somos varios bajos los que estamos interesados y el administrador nos dice que no podemos.

Si lo hacemos sin autorización, qué puede ocurrir?

Muchas gracias. 
Saludos

 
T
Tripolin
19/08/2024 00:00
Si haces lo que propones, modificas el título constitutivo porqu en el título no dice que tu tengas acceso a la piscina desde tu vivienda. Con lo que precisas de la unanimidad de los propietarios para dicha modificación.

Si lo haces sin contar con la previa autorización, puesto que veo que te lo ha denegado el administrador, no dudes en que si lo haces el administrador se lo comunicará al presidente el cual concretará una reunión extraordinaria para primero mandarte un burofax para que detengas la obra y si no lo haces emprender medidas judiciales contra ti (demanda jucial). Y créeme, perderás la demanda.

El administrador no puede oponerse a nada sino la junta de vecinos. Pero sí puede informarte de que eso no es legal y a la misma vez informar al presidente de los paso a seguir si inicias la obra (o si la finalizas).

Mi consejo, aunque no vas a conseguir los votos, sería solicitar que el tema se someta a votación.

Si algunos vecinos no tienen acceso por el portal, tal como comentas, la bronca debería haberse planteado al constructor (pero en su día nadie se quejó, o eso creo). Pero ningún magistrado te va a dar la razón porque digas que algunos bloques tienen acceso desde el portal y el vuestro no.

Si el título constitutivo dice que eso es lo que hay, no puedes modificarlo a tu antojo salvo que tengas la unanimidad del total de los propietarios (el de todos los bloques).
 

Fin del hilo
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