Y el "Sr." Notario, cuando dio fe de la compraventa del inmueble, no exigió, y advirtió a la parte compradora, de la existencia de esa deuda ?
Porque tiene la OBLIGACIÓN de exigir el certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad, y que el comprador, actúe en consecuencia.
Otra cosa es que el comprador renuncie, en la propia escritura, a ese derecho.