yo tambien he visto muchas cosas en foros de motos y no las pongo porque francamente no creo que sea muy fiable lo que pone en un foro.
Al principio se dijo que no cubría nada el incendio si habia coche y moto, ahora resulta que segun lo que pones es SOLO en el caso en que el incendio lo provoque la hipotética moto que está en la plaza con el coche.
Perdona pero como presidente (y ya que no lo hace el administrador)creo que debes informarte de lo que cubre nuestro seguro e informarnos y no de copiar lo que se dice en los foros de internet (y lo digo de buen rollo).
Lo que hay que preguntar es que cubre el seguro y que no cubriría en caso que hubiese coche y moto en la misma plaza, nada mas....es tan sencillo como eso., y dejar de hacer suposiciones tan poco probables como que una moto provoque el incendio de todo un garage.
rofer74 dijo:
hola a todos
Bueno este tema de las motos como supondreis no solo pasa aqui, por lo que en internet hay multitud de preguntas en foros y demas. La respuesta es siempre la misma, aqui os pongo una de ellas que es bastante clara:
Es un tema recurrente este. En todos los garajes surgen aquellos que desean aprovechar los supuestos espacios sobrantes para aparcar otros vehículos en cantidad que supera la establecida, ya sea en sus propias plazas, por disponer de espacio suficiente en ellas, o en las zonas comunes.
En el primer caso, aprovechamiento de una plaza de aparcamiento por dos vehículos (por ejemplo, un coche y una moto), te diré que constituye un agravamiento de los riesgos normales de un aparcamiento. Piensa que el vehículo que está "de más" contribuya a provocar un incendio. Lo usual es que la compañía aseguradora del aparcamiento declinase hacer frente a la responsabilidad. Este ejemplo, te aseguro, no es tan inusual como pueda parecer. Esto sirve también para utensilios varios, ya que hay quien utiliza la plaza de aparcamiento como trastero. Por lo tanto, no se debe utilizar una plaza de forma que supere su normal aprovechamiento o de forma que constituya un riesgo para los demás, aunque nos sea difícil ver este riesgo.
En el segundo caso, las zonas comunes, es más evidente todavía, ya que su mismo nombre indica que son comunes para todos los propietarios, no bastando que el propietario que tenga plaza de aparcamiento "más cercana" nos otorgue su permiso. Para la utilización de estas zonas se requeriría la no oposición de ninguno de los propietarios, es decir, la unanimidad. La lectura de la Ley de Propiedad Horizontal te sacará de dudas al respecto.
De todas formas, piensa que instalar una cadenas en esas zonas comunes a raíz de una decisión acordada en Junta de Propietarios será, siempre, más "legal" que la utilización arbitraria de ese espacio por el artículo 13. Piensa también que el asunto de las molestias depende de cada uno. Puede haber propietarios a los que les incomode ese uso y están en su perfecto derecho de oponerse a que una o varias personas hagan uso de un elemento común. Si eso les hace merecedores del apelativo de quisquillosos, qué le vamos a hacer. Para eso pagan las cuotas, para ser quisquillosos si lo desean con lo suyo.
Yo no me atrevo a sugerirte nada, a pesar de tu petición, pero sí puedo decirte que si fuera mi caso adquiriría una plaza de aparcamiento para mi vehículo y así nadie podría decirme nada con razón.
En este caso y en varios mas tuvieron que instalar cadenas en todas las zonas comunes.