A nosotros nos llegó este email el miercoles de ARJUSA:
Recientemente hemos recibido algún e-mail solicitando respuesta a algunas preguntas que entendemos pueden ser de su interés, así que les hacemos participes de las dudas y su respuesta:
¿Se ha adquirido el terreno sobre el que se edificarán las futuras viviendas? ¿Se ha registrado el mismo en el registro de la propiedad a nombre de la comunidad de bienes?
En primer lugar, el solar está adquirido mediante contrato privado de compraventa, a la espera de firmar, conjuntamente, la escritura correspondiente de la compra, la de constitución de hipoteca, la de declaración de obra nueva y división horizontal, así como la cesación de proindiviso y adjudicación, que se realizará de forma inmediata en cuanto el préstamo hipotecario sea concedido.
En el folleto de la promoción se indica que las cantidades que se anticipen para la adquisición de la vivienda estarán avaladas de acuerdo con la Ley 57/1968. Salvo error, no nos consta haber recibido documentación alguna que acredite la suscripción de la correspondiente póliza de seguro. ¿Me puede indicar si se ha suscrito ya la póliza? ¿En su caso nos van enviar la documentación acreditativa? Por otro lado, la referida Ley excluye su aplicación a las viviendas de protección pública como la nuestra. Pese a ello, ¿existe la obligación de suscripción?
En segundo lugar, tenemos la póliza para garantía de cantidades a cuenta contratada con la compañía ASEFA, y en la actualidad la póliza global se halla en nuestro poder. Si es su deseo, puede pasar a recoger una copia por nuestras oficinas. La póliza individual de cada uno, se emitirá en el momento en que estén otorgadas todas las escrituras mencionadas y les serán entregadas en cuanto obren en nuestro poder. No es óbice el que se trate de vivienda de protección pública. El incumplimiento de la ley 57/68 es frecuente, no entregándose garantía alguna, pero en nuestra comunidad, así como en todas las gestionadas por Arjusa, se garantiza las cantidades entregadas a cuenta, por imperativo legal.
¿Nos puede indicar cuantos comuneros forman actualmente la comunidad y cuantos pisos están a día de hoy sin adjudicar? Sobre estos últimos, en caso de que no se adjudiquen por falta de demanda, las cuotas que correspondan ¿por quién serán satisfechas?
En tercer lugar, el número de copropietarios al día de hoy, es de 75 y los no adjudicados, serán adquiridos y financiados por Arjusa ó empresa del grupo, por lo que la promoción continua adelante según lo previsto, anunciado en la contestación primera de la presente.
Por otro lado, ¿nos puede indicar cómo va la concesión del préstamo promotor?
En cuarto y último lugar, la concesión del préstamo es muy laboriosa en la actualidad, pero sin que exista ningún problema, según nos comunican. Esperamos cerrar la operación próximamente, estando avanzado su estado de tramitación con varias entidades.
Esperando haber aclarado convenientemente estas cuestiones.
Les invitamos a que cualquier cuestión o sugerencia que tengan, nos la transmitan tanto telefónicamente como personalmente en nuestras oficinas, donde estamos siempre a su disposición.
Reciban un cordial saludo.
ARJUSA
Departamento de Atención al Cliente