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malg
17/09/2009 15:02

seguro decenal

¿Cuál es la caducidad de la reclamación por vicios ocultos y el seguro decenal en nuestro caso?

3.908 lecturas | 2 respuestas
Alguien me podría informar sobre la caducidad de la reclamación de daños por vivios ocultos. El seguro decenal cubre esta garantia por diez años, pero solo tres años para defectos de instalaciones que impidan una correcta habitabilidad. En nuestro caso tenemos problemas con la acometida de saneamiento.  Y han pasado 4 años, por lo tanto,, ¿no estariamos cubiertos con el seguro ya?. Gracias.
 
dpcon
dpcon
18/09/2009 12:26


¿QUE DAÑOS SE PUEDEN RECLAMAR?



Artículo 1591 del Código Civil

Aplicable a todos aquellos edificios cuya Licencia de Obras haya sido solicitada con anterioridad a Mayo 2000.



Establece genéricamente el periodo de garantía en 10 años para reclamar todos los daños (excepto los acabados).



Los plazos comienzan a contar desde la fecha de visado del Certificado Final de Obra



Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E.)

Aplicable a todos aquellos edificios cuya Licencia de Obras ha sido solicitada con posterioridad a Mayo 2000.



PLAZOS DE RESPONSABILIDAD Y GARANTÍA

- La garantía para reclamar los ACABADOS y TERMINACIONES, es de 1 AÑO.

- La garantía para reclamar defectos por HABITABILIDAD, es de 3 AÑOS.

- La garantía para reclamar defectos por ESTRUCTURA y CIMENTACIÓN, es de 10 AÑOS



1 año: Responde el constructor por los malos acabados o remates.

3 años: Responde el promotor, constructor, arquitectos, proyectistas. Todos los agentes por daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad-funcionalidad e instalaciones.

10 años: Todos responden si afectan a la seguridad estructural del edificio (cimentación , soportes, vigas, forjados, muros de carta, etc).

El promotor siempre responderá solidariamente



Los plazos comienzan a contar desde la fecha de recepción de la obra por el promotor (Acta de Recepción)



Si ha remitido carta, burofax y o requerimientos reclamando las deficiencias observadas antes del vencimiento de alguna de las garantías, entonces tendrá una plazo de 2 años para reclamar.



www.dpcon.es / Email: dpcon@dpcon.es



Dpcon, S.L. – Arquitectos y Abogados especializados


 

Fin del hilo
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