Buenas tardes,
Vivo en un tercero que es atico y han puesto extintores en los rellanos de cada planta. Justo encima de mi piso esta la azotea a la que se acede por un tramo de la escalera del bloque y da a una puerta metalica que permite el aceso a la azotea desde el interior facilmente sin tener llave. Ahora quieren poner llave y que la llave la tenga el presidente, y que sea este el que abra la puerta en caso de necesidad.
Mi pregunta es que si se puede considerar la puerta de aceso a la azotea que es un espacio plano de unos 50 metros de largo por unos 20 de ancho como parte de un “recorrido de evacuación”, por lo que no seria legal poner una cerradura interior en la puerta de aceso a la azotea desde el interior, como por ejemplo en caso de incendio.
Gracias por responder.