Hooooooolaaaa a todos!!
¿Qué tal estáis todos? Llevo mucho tiempo sin escribir en el Foro de ésta nuestra Comunidad, je, je, pero sigo leyendo todos los mensajes que se envían.
Bueno, a lo que voy, con respecto a lo que se está hablando sobre Propiedad Horizontal, estatutos, etc., en el Contrato de Compra-Venta que firmamos en Octubre del año pasado, si os vais a la Estipulación Decimotercera, podéis leer:
"La parte compradora declara conocer, comprometiéndose y obligándose expresamente, a cumplir las normas que para regular el Régimen de Propiedad Horizontal se establecieron y protocolizaron junto a la División Horizontal del Edificio ante el Notario de Madrid Don Agustín de Diego Isasa, el 18 de noviembre de 2005, número 2066 de orden de protocolo. Este contrato implica la plena y anticipada conformidad con dichas normas y estatutos.
Por otra parte, la parte compradora autoriza a la vendedora para que realice modificaciones en dichos estatutos cuando sea conveniente para la normal convivencia dentro del edificio.
Asimismo, la parte compradora autoriza a la vendedora para que por escrito, convoque la primera reunión de copropietarios a fin de constituir la comunidad, se asigne en ella su Presidente y Secretario-Administrador y demás personas necesarias, en su caso.
La E.M.V.S., por escrito conforme a la Ley 49/60, de 21 de Julio, sobre Propiedad Horizontal, y a la Ley 8/1999, de 6 de abril de reforma de aquella, fijará con la debida antelación el lugar, día y hora de celebración de la primera reunión citada a la que, caso de no asistir por sí mismos o representado el comprador, éste lo estará a todos los efectos y asunto que hayan de tratarse en la misma por la propia entidad vendedora en quien delega, de hoy para entonces, sus derechos de voz y voto. Así mismo, el comprador apodera y faculta expresamente a la parte vendedora para que contrate a nombre de la Comunidad de Propietarios los servicios precisos para la puesta en funcionamiento de los sistemas del Edificio."
Así que, leyendo esto, creo que más o menos se aclara un poco el tema.
- Las Normas y Estatutos ya están establecidos, y además, al firmar el contrato hemos aceptado dichas normas y estatutos.
- Tenemos que esperar a que la EMVS, por escrito, nos comunique el día, lugar y hora de la primera reunión de copropietarios a fin de constituir la Comunidad, elegir Presidente y Secretario-Administrador, etc.
Por otro lado, coincido con "marimon", yo también estoy de acuerdo con todo lo que se está hablando de quitar los tubos, cerrar tendederos y escaleras, etc., pero todo eso cuesta mucho dinero y creo que muchos de nosotros no estaremos muy espléndidos de pasta como para hacer tantas cosas. Además, todavía queda por pagar dinero del piso (IVA, escrituras, pagos, etc.) y luego están los muebles de la cocina, los muebles del salón, del baño, en fin, muchos gastos, así que no sé si se podrá hacer frente a todo lo que se quiere hacer, pero bueno, todo se andará.
Bueno, nada más, un saludo a todos y ánimo que cada vez queda menos. ¡¡QUÉ GANAS TENGO DE QUE NOS DEN LOS PISOS YAAAAAA!!